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martes, 30 de julio de 2013

Establecemos indemnización del 100 por ciento para usuarios aéreos que pierden sus vuelos por causas imputables a la empresa

Amigos:

En la Cámara de Diputados aprobamos, el 4 de abril, un dictamen que obliga a concesionarios o permisionarios aéreos a indemnizar al usuario con el 100 por ciento del precio del boleto cuando se expidan en exceso a la capacidad de la aeronave o cancelen vuelos por causa imputable a la empresa.

La reforma eleva el monto de la indemnización, ya que el texto vigente establece una devolución que no será inferior al 25 por ciento del precio del boleto.

Por 403 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Pleno avaló el dictamen de la Comisión de Transportes que reforma el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil y la minuta se envía al Senado de la República para su análisis y dictaminación.

El dictamen surge de tres iniciativas presentadas durante la LXI Legislatura, de los entonces diputados Ana Estela Durán Rico (PRI), Marcos Pérez Esquer (PAN) y Paula Angélica Hernández Olmos (PRI) y de dos más de los diputados de la actual LXII, Lourdes Eulalia Quiñones Canales (PRI) y Ricardo Monreal Ávila (MC).

En las consideraciones se plantea la necesidad de mejorar el control de la práctica de sobreventa que ejercen las aerolíneas comerciales, mejorando la protección a los usuarios del transporte aéreo.

Se precisa que legislaciones a nivel internacional siguen el mismo cauce, privilegiando el derecho del usuario en casos donde se afecta su transportación por causas imputables a la compañía aérea.

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