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martes, 23 de julio de 2013

Aprobamos reformas para acciones de mitigación y adaptación al cambio climático en materia de pesca y acuacultura sustentables

Amigos:

Les informo que en nuestra sesión del 12 de marzo, aprobamos, con 425 votos a favor, reformas a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, para establecer acciones de mitigación y adaptación al cambio climático en materia de pesca y acuacultura sustentable.

El tema del cambio climático es relevante y resulta necesario abordarlo con seriedad y con la base científica para evitar el colapso de las pesquerías mexicanas, señala el documento presentado en diciembre pasado por la diputada Claudia Elena Aguila Torres (PRD).

Señala que poco más de 50 por ciento de la captura nacional se basa en peces pelágicos, los cuales se distribuyen en función de la temperatura del agua y si ésta varía, su disponibilidad para la pesca también lo hará.

La presente iniciativa busca incorporar el concepto de cambio climático en esta ley y que se dé respuesta mediante el Instituto Nacional de Pesca (Inapesca), órgano de estudio creado para apoyo de las actividades pesquera y acuícola.

Sin embargo, aclara que las acciones de mitigación y adaptación a los efectos del cambio climático tendrán éxito sólo en la medida en que éstas sean implantadas en todos los ámbitos gubernamentales.

Se reforma la fracción IV del artículo 17; y se adicionan una XI, recorriéndose en su orden, al artículo 8o., y una fracción XVII, recorriéndose en su orden, al artículo 13, así como una fracción XI al artículo 86 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

En el artículo 8º se plantea “promover, regular, dirigir e implementar la ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático en materia de pesca y acuacultura sustentables, en concordancia con la política nacional de pesca y acuacultura sustentables”.

En el artículo 13 incluye “coordinarse con la federación, sus municipios y con otras entidades federativas en materia de pesca y acuacultura sustentables, para la implementación de acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático”.

En la fracción IV del artículo 17 se incluye que la investigación científica y tecnológica también debe ser “un instrumento que considere la implementación de acciones en materia de pesca y acuacultura sustentables para la mitigación y adaptación al cambio climático”.

En la fracción XI del artículo 86 se plantean que las “acciones de mitigación y adaptación a realizar ante la vulnerabilidad actual y futura del cambio climático, en concordancia con el atlas nacional de riesgo”.
El dictamen se envió al Senado de la República.

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