Por este conducto les quiero informar que en
la sesión ordinaria del 12 de marzo los diputados aprobamos, con 441 votos a
favor, un dictamen que incluye a la Secretaría de Desarrollo Agrario,
Territorial y Urbano en el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
El documento, presentado por la Comisión de Equidad
y Género, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de erradicar la
discriminación de mujeres en materia agraria.
Explica que en México pocas mujeres poseen la
propiedad de las tierras agrícolas, lo que restringe su efectiva participación
en las decisiones a nivel de la familia y de la comunidad, en asuntos
fundamentales relacionados con la agricultura.
“Las mujeres que residen en zonas rurales
alcanzan un Índice de Desarrollo Humano de 0.6896, mientras que los hombres
logran un 0.7142. Los valores obtenidos en el medio urbano también muestran una
brecha de género, con 0.7768 y 0.7955, respectivamente”, dice.
Se identifica que la violencia ejercida
contra las mujeres del campo consiste en muchas ocasiones en que son
presionadas para renunciar a sus derechos agrarios para transferirlos a un
varón, agrega.
Por ello, propone que la Secretaría de
Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano se sume a la eliminación de este tipo
de violencia contra las mujeres.
Como parte del Sistema Nacional para
Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres,
corresponderá a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
coordinar acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no
discriminación de mujeres y de hombres en materia agraria.
Asimismo, deberá delinear, con una visión
transversal, la política integral con perspectiva de género orientada a la
prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres
en las comunidades agrarias y ejidos, incluyendo a las de origen étnico.
Fomentará también la cultura de respeto a los
derechos humanos de las mujeres que habitan en zonas rurales, incluyendo a las
de origen étnico.
Diseñará y difundirá materiales que promuevan
la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en
los ejidos y comunidades agrarias.
Además deberá tomar medidas y realizar las
acciones necesarias, en coordinación con las demás autoridades, para alcanzar
los objetivos previstos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia.
También le corresponderá establecer,
utilizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y acciones encaminados
al mejoramiento del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra las Mujeres y su programa.
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