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sábado, 27 de julio de 2013

Aprobamos reformas con el propósito de evitar que particulares usen figura del amparo para evadir declaración de bienes como patrimonio nacional

Amigos:

Les informo que en la sesión ordinaria del 20 de marzo pasado, aprobamos, con 442 votos a favor, reformas a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos con el fin de evitar que particulares usen la figura del amparo para evadir la declaración de bienes como patrimonio nacional.

La iniciativa reforma y adiciona los artículos 5º, segundo párrafo; 22, segundo párrafo; 34, segundo párrafo y 34 Bis, tercer párrafo, y se adiciona un artículo 5 Bis., en materia de procedimiento de declaratorias de zonas o monumentos históricos como patrimonio nacional.

En la exposición de motivos se señala que actualmente existen lagunas en la Ley que permiten a los particulares interponer amparos durante los procedimientos de las declaratorias.

Con la reforma se establece el derecho de audiencia para que los interesados en las declaratorias puedan dirimir jurídicamente las solicitudes de amparo que presenten presuntos afectados.

Asimismo, se puede notificar una declaratoria provisional para evitar que se dañen o pierdan los bienes inmuebles o zonas consideradas como de interés histórico, artístico o arqueológico durante el proceso.

Con la adición del artículo 5 Bis se establece que la petición de declaratoria deberá presentarse ante el Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA) y/o Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), dependiendo de su competencia, y reunir una serie de requisitos que se mencionan en la ley.


El patrimonio cultural de México es esencial para las creencias, tradición e identidad del pueblo mexicano y representa el legado colectivo y el capital social, subraya el dictamen. 

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