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lunes, 29 de julio de 2013

Aprobamos, con un cambio, la minuta de reforma de telecomunicaciones del Senado y la regresamos de nuevo a la cámara alta

Amigos:

Quiero informarles que en la sesión de 25 de abril aprobamos con un cambio la minuta en materia de telecomunicaciones que nos había regresado el Senado de la República y la enviamos de nuevo a la cámara alta.

La minuta fue aprobada en lo general por 409 votos a favor, 32 en contra y dos abstenciones, pero en lo particular se avaló una reserva que presentó nuestro coordinador, Luis Alberto Villarreal García, sobre amparo, y al final se aprobó en lo particular con 393 votos a favor, 46 en contra y tres abstenciones.

El documento reforma los artículos 6, 7, 27, 28, 73, 78 y 94 de la Constitución Política y deriva de la iniciativa enviada por el Ejecutivo federal en el marco del Pacto por México y suscrita por dirigentes nacionales y coordinadores parlamentarios de PRI, PAN, PRD y PVEM.

Recordemos que fue avalado en primer turno por la Cámara de Diputados el pasado 22 de marzo y por el Senado el 19 de abril, que la regresó a San Lázaro porque realizó alrededor de 18 modificaciones.

Este jueves en la Cámara de Diputados aprobamos la propuesta de Luis Alberto Villarreal, de incluir un párrafo al artículo 28 de la Constitución en materia de juicios de amparo, para quedar como sigue:

“Cuando se trate de resoluciones de dichos organismos emanadas de un procedimiento seguido en forma de juicio sólo podrá impugnarse la que ponga fin al mismo por violaciones cometidas en la resolución o durante el procedimiento, las normas generales aplicadas durante el procedimiento sólo podrán reclamarse en el amparo promovido contra la resolución referida, los juicios de amparo serán sustanciados por jueces y tribunales especializados en los términos del artículo 94 de esta Constitución, en ningún caso se emitirán recursos ordinarios o constitucionales contra actos intraprocesales”.

La reforma en telecomunicaciones modifica el artículo sexto constitucional en su primer párrafo para incluir que el derecho a la información será garantizado por el Estado.

Se precisa que las telecomunicaciones son servicios públicos de interés general y en su prestación no existirán “injerencias arbitrarias”.

La reforma crea el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para regular el uso del espectro radioeléctrico, las redes y los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

Asimismo, plantea que la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) se convierta en la Comisión Federal de Competencia Económica, y sea un órgano autónomo que tenga por objeto garantizar la libre competencia y concurrencia, así como prevenir, investigar y combatir los monopolios y las prácticas monopólicas.

La Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones se integrarán por siete comisionados cada uno, designados en forma escalonada a propuesta del Ejecutivo federal con la ratificación del Senado, con una duración de nueve años en el cargo, sin reelección.

El Presidente de cada uno de los órganos será nombrado por la Cámara de Senadores por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, por un periodo de cuatro años, renovable por una sola ocasión.

Sobre estos dos organismos creados, los diputados avalaron en el artículo 28 que las concesiones que otorgué el Estado serán para uso comercial, público, privado y social, incluyendo este último apartado las comunitarias e indígenas y se otorgarán sin fines de lucro.

En ese mismo artículo se modificó el plazo en el que el secretario del ramo puede emitir una opinión no vinculatoria sobre el otorgamiento, revocación o cambio de operaciones de concesiones; en el primer dictamen avalado por esta soberanía se señaló un límite de 45 días, mientras que en la minuta enviada por el Senado se redujo a 30 días.

Los diputados aprobamos el pasado 22 de marzo que las normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones podrán ser impugnados únicamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión.

No obstante, el Senado incluyó un párrafo en el que establece que solamente en los casos en que la Comisión Federal de Competencia Económica imponga multas o la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones, las resoluciones se ejecutarán hasta que se resuelva el juicio de amparo.

Se anexó entre las obligaciones de los dos órganos el que anualmente tendrán que presentar un programa de trabajo y trimestralmente un informe de actividades a los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

Comparecerán ante la Cámara de Senadores anualmente y el Ejecutivo podrá solicitar a cualquiera de las Cámaras la comparecencia de los titulares de los órganos.

Los comisionados de estos organismos podrán ser removidos de su cargo por las dos terceras partes de los miembros presentes en el Senado por falta grave en el ejercicio de sus funciones.

Cada órgano contará con una Contraloría Interna, cuyo titular será designado por las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados.

Respecto a los requisitos que deben cumplir los comisionados, los diputados aprobaron reducir de 5 a 3 años el plazo en el que no deben haber ejercido algún puesto público o de función directiva en alguna empresa relacionada con las telecomunicaciones.

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