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martes, 24 de junio de 2014
lunes, 23 de junio de 2014
jueves, 19 de junio de 2014
Sin garantías de que los acuerdos en materia energética sean respetados: PAN
Boletín
Palacio Legislativo de San Lázaro a 19 de junio de 2014
El Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados se retira de la mesa de discusión de las reformas secundarias en materia energética para manifestar su rechazo a la contrarreforma que pretende realizar el PRI al artículo 87 de la Ley General de Partidos Políticos, misma que busca dar vida artificial a los partidos pequeños de cara a las elecciones que se realizarán en el 2015.
La redacción vigente señala que los partidos que van en coalición aparecerán en la boleta de manera independiente, de tal manera que cuando el ciudadano marque únicamente uno de los emblemas, el voto contará para el candidato y para el partido elegido. Si, por el contrario, el ciudadano marca más de uno de los emblemas, dichos votos contarán sólo para el candidato, pero no para los partidos.
Sin embargo, el Partido Revolucionario Institucional pretende que en el supuesto de que se marquen dos emblemas o más de los partidos coaligados, dichos votos se repartan de manera igualitaria entre los partidos para efectos de la asignación de las prerrogativas (asientos plurinominales y financiamiento público).
Este albazo constituye un retroceso para la consolidación de la democracia.Por ello, los legisladores de Acción Nacional declinamos participar en la discusión de la Reforma Energética, toda vez que si la palabra empeñada por el PRI no es respetada en materia electoral, por ende, no hay garantías de que los acuerdos en materia energética se respete, se cumpla y se vote.
En el PAN estamos a favor de una Reforma Energética, cuyos contenidos beneficien a los mexicanos, por eso estamos discutiendo las iniciativas que envió el Ejecutivo, pues no estamos de acuerdo en mucho de su articulado. Planteó un modelo que discrepa con la reforma constitucional aprobada en diciembre pasado.
--ooOOoo--
martes, 17 de junio de 2014
domingo, 15 de junio de 2014
viernes, 13 de junio de 2014
Aprobamos reformas a la Ley General de Salud en materia de seguro popular, para mejorar servicios estatales y sancionar con prisión y multas el desvío de recursos
Amigos:
Les
quiero informar que el pasado 28 de abril los diputados aprobamos reformar la
Ley General de Salud en materia de seguro popular, con el propósito de
consolidar a la secretaría federal del ramo como instancia rectora y
articuladora del Sistema de Protección Social en Salud, mejorar los servicios
estatales y sancionar con prisión y multas el desvío de recursos.
El
documento forma parte de las iniciativas que el Ejecutivo federal remitió a San
Lázaro en septiembre del año pasado, como parte de la Reforma Hacendaria y de
Seguridad Social, fue aprobado en octubre pasado por la Cámara de Diputados y
turnado al Senado de la República para su ratificación.
El
documento reforma los artículos 77 Bis 2; 77 Bis 5, 77 Bis 6; 77 Bis 9, 77 Bis
10; 77 Bis 11; 77 Bis 12, 77 Bis 13, 77 Bis 14; 77 Bis 15; 77 Bis 16; 77 Bis
18; 77 Bis 19; 77 Bis 20; 77 Bis 22; 77 Bis 23; 77 Bis 24; 77 Bis 30; 77 Bis
31; 77 Bis 32; 77 Bis 35, y se adicionan al artículo 77 Bis 13, un párrafo
quinto y el artículo 469 Bis.
La
cámara alta aprobó el documento el pasado 8 de abril, pero debido a los cambios
realizados se regresó a San Lázaro, donde fue avalado con 373 votos a favor, 40
en contra y cinco abstenciones, y se turnó al Ejecutivo para su promulgación.
El
texto consolida a la Secretaría de Salud como instancia rectora y articuladora
del Sistema de Protección Social en Salud.
También
establece que los Regímenes Estatales de Protección Social son las estructuras
administrativas que proveen dichas acciones, que dependen o son coordinadas por
la encargada de conducir la política en materia de salud en las entidades
federativas.
Señala
que se busca mayor eficiencia en los servicios estatales de salud, asegurando
que los recursos que se transfieren a este sistema se utilicen de la mejor
manera y para los fines a que fueron asignados.
Para
ello, obliga a las entidades federativas a llevar contabilidad e información
financiera de dichos recursos, conforme a lo dispuesto en la Ley General de
Contabilidad Gubernamental.
Destaca
además, que los recursos que transfiera el gobierno federal a las entidades
federativas por concepto de cuota social y de aportación solidaria, podrán
realizarse en numerario o en especie, a fin de garantizar que la población
cuente con los medicamentos y demás insumos para su atención.
Fija
penas de cuatro a siete años de prisión y multas de mil a 500 mil días de
salario mínimo, a quien desvíe recursos, numerarios o en especie, del Sistema
de Protección Social en Salud.
Indica
que, en caso de que alguna entidad federativa no haya comprobado que los
recursos se destinaron a los fines específicos para los que le fueron
transferidos, se procederá a la investigación y sanción correspondiente, aun
cuando la entidad federativa reintegre los recursos a la Tesorería de la
Federación.
Precisa
que esto no significará que se suspendan, parcial o totalmente, los servicios
de salud.
Detalla
que la protección social en salud es el mecanismo por el cual el Estado
garantiza el acceso oportuno, de calidad, sin desembolso, en el momento de
utilización, y sin discriminación, de los servicios médico-quirúrgicos,
farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades
de salud de los afiliados.
Asimismo,
homologa la Ley General de Salud con la Ley General de Contabilidad Gubernamental,
en cuanto a la transferencia de recursos federales a las entidades federativas.
lunes, 9 de junio de 2014
miércoles, 4 de junio de 2014
Preocupante aumento de desapariciones en el país: Raquel Jiménez
Con el objetivo de
atacar y terminar con los casos de desaparición de personas, la diputada
federal por Querétaro, Raquel Jiménez Cerrillo, se reunión con expertos en la materia,
así como de la sociedad civil para enriquecer la iniciativa de Ley
General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de
personas, misma que tiene como objetivo, que tanto la federación como los
estados acorde con la comunidad internacional cuente con mecanismos efectivos
para prevenirla y, en su caso, sancionarla y repararla.
Durante una mesa
de análisis y discusión de la propuesta de ley, Jiménez Cerrillo expresó que
“según lo reportado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía, con
base en la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad
Pública (ENVIPE) 2013; en 2012 se registraron a nivel nacional cuatro mil siete
desapariciones involuntarias”.
Recordó que en la
actualidad la desaparición de personas, no sólo se da por agentes de estado,
sino también entre particulares. Siendo que una desaparición, en
cualquiera de sus modalidades, constituye una de las violaciones más graves a
los derechos humanos que afecta la violación de otros derechos como:
•
El derecho a la seguridad y libertad personales;
•
El derecho a la dignidad de la persona
•
El derecho a la integridad personal, a no sufrir tortura o trato o pena cruel,
inhumana o degradante;
•
El derecho a la vida familiar y de amistad, y
•
Cuando la persona desaparecida es asesinada, el de derecho a la vida.
Es por ello, que
la iniciativa presentada en febrero de 2014 por la diputada Jiménez Cerrillo,
contempla prevenir la desaparición de personas, tipificar el delito, inhibir la
práctica de la desaparición de personas, no permitir y no tolerar ésta bajo
ninguna circunstancia incluyendo situaciones de posible emergencia, peligro,
disturbio público, catástrofe natural o cualquiera otra.
También propone
sancionar a los autores, cómplices y encubridores del delito; dar pleno
reconocimiento y efectividad a los derechos de las víctimas a la verdad, la
justicia y la reparación, conforme a lo que a este respecto establece la
normatividad aplicable; establecer las reglas para la investigación,
persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos
descritos en la presente Ley; y reparar el daño a las víctimas de desaparición
de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del
daño causado y a la afectación sufrida.
“Tenemos el
compromiso de legislar en la materia, sancionando la conducta delictiva de
Desaparición Forzada y Desaparición Cometida entre particulares, que cuenta con
elementos distintivos que la separan de las conductas penales que se contemplan
actualmente en nuestro Código Penal Federal, dentro del Libro Segundo, Titulo
Décimo Delitos Cometidos por Servidores Públicos, Capítulo III Bis Desaparición
Forzada de Personas”, apuntó Raquel Jiménez.
Apuntó que las
sanciones previstas son por el delito de desaparición forzada con penalidades
desde los 25 hasta los 50 años en prisión, así como el delito de desaparición
entre particulares va desde los 20 hasta los 50 años.
En su turno la
diputada Leticia López Landero, presidenta de la Comisión Especial de Trata de
Personas, se pronunció por trabajar conjuntamente entre autoridades para
frenar este mal que aqueja al país, “es necesario que todos los congresos
locales retomen este tema tan importante, nosotros cumplimos con nuestro
trabajo, pero necesitamos que los legisladores locales se pongan las pilas”.
La propuesta de
ley propone la persecución del delito por denuncia anónima, con el
propósito de que cualquier persona que conozca o se entere de la comisión de
este delito, se encuentre facultado de denunciarlo y con ello activar el órgano
jurisdiccional para que se investiguen los hechos presuntamente constitutivos
de delito, sin la necesidad de que sea denunciado por quien o quienes tiene el
derecho legal de denunciarlo, es decir el familiar directo o familiares de la
víctima, ya que existen casos en los que las víctimas no cuentan con
familiares”, puntualizó la diputada.
Para finalizar, la
legisladora por Querétaro aseguró: “Los temas humanos y humanistas no se vieron
reflejados en el Pacto por México, pareciera que el tema más importante
de nuestro país tuviera que ver con lo económico y lo político, en la medida en
que nos olvidemos del ser humano y del respeto a su dignidad, estaremos
perdiendo absolutamente todo lo demás y ningún sustento económico, ningún
soporte político será suficiente para regresarle a la sociedad y a cada
una de las personas que lo conforman su dignidad”.
A la mesa de
análisis asistieron la diputada Elizabeth Yáñez Robles, así como el maestro
Javier Hernández Valencia, representante del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas; el doctor Luis García López Guerrero, primer visitador de la CNDH;
maestro Alán García Campos, consultor jurídico de la oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas; maestro Santiago Corcuera Cabezut, miembro
del Comité sobre las desapariciones forzadas de la Organización de las Naciones
Unidas; licenciado Juan López Villanueva, asesor de la Asociación Civil Fuerzas
Unidas de Nuestros Desaparecidos, así como miembros de la sociedad civil.
–oo00oo–
Obligación del Estado proteger a ciudadanos del delito de desaparición forzada; 4 mil casos en 2012
04-06-2014.- El Estado tiene la obligación de proteger a las personas del ilícito de desaparición forzada, sea perpetrado por particulares o agentes estatales, ya que de esta grave violación a los derechos humanos se registraron cuatro mil casos en 2012, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Así lo afirmó la diputada Raquel Jiménez Cerrillo (PAN) ante representantes de la ONU y la CNDH en la mesa de análisis y discusión de la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar Sancionar y Reparar la Desaparición, que impulsan ella y su correligionario, José Alfredo Botello Montes, y que actualmente estudian la Comisión de Seguridad Pública, para dictaminarla, y la de Derechos Humanos, para su opinión.
La diputada por Querétaro acusó que en el contexto de desapariciones forzadas en el país se puede asumir que “la falta de investigación inmediata y seria por parte del Estado, hace pensar que la autoridad permite o al menos tolera” esta agresión.
Subrayó que una de las consecuencias más graves de la desaparición es que la persona queda completamente imposibilitada para ejercer sus derechos, y la comisión del acto no sólo afecta a la persona violentada, sino a sus familiares y a la sociedad en su conjunto.
Su complejidad, y los compromisos internacionales, obligan a que “tanto los Estados como la comunidad mundial cuenten con mecanismos para prevenir y, en su caso, sancionar y reparar la desaparición forzada”, dijo.
Es menester por tanto “adoptar medidas a nivel legislativo, administrativo y judicial, mediante la emisión de normas penales y el establecimiento de un sistema de justicia para prevenir, suprimir y castigar la participación de agentes e individuos en actos de desaparición involuntaria, y para investigarlos efectivamente”, enfatizó.
Recordó que si bien esta Ley General para Prevenir, Investigar Sancionar y Reparar la Desaparición ya es analizada en la comisión correspondiente, “los proceso legislativos nos permiten retirarla para hacer las adecuaciones y volver a presentarla”.
“Es algo que evaluaremos en el afán de entregar a la sociedad un documento que dé respuesta a todas sus necesidades en el tema”, concluyó.
La Ley en cuestión, detalló Jiménez Cerrillo, tiene como objetivo tipificar el delito de desaparición de personas; inhibir y no tolerar bajo ninguna circunstancia su práctica; sancionar a autores, cómplices y encubridores del delito; dar garantías y justicia a sus víctimas; establecer reglas para la investigación y persecución del ilícito y ejecución de las penas, y reparar el daño a las víctimas de manera integral.
Propone tipificar como agentes activos de Desaparición Forzada a funcionarios públicos o ciudadanos que actúen bajo sus órdenes o permiso, y como agentes de Desaparición entre Particulares a aquellos que no incluyan la participación de servidores del Estado; para quienes incurran en la primera modalidad, precisa penas de 25 a 50 años, y para la segunda de 20 a 50.
Por otra parte, propone la persecución del delito también por denuncia anónima, con el propósito de que cualquier persona que conozca o se entere de la comisión de ese ilicito, se encuentre facultado de manifestarlo.
Así también, incluye un capítulo sobre el procedimiento de Declaración de Ausencia por Desaparición, que deberá desahogarse ante la autoridad judicial, con el propósito de reconocer la personalidad jurídica de las víctimas, independientemente de que se conozca la identidad del responsable o del estado procesal del caso.
Urgen a aprobar y mejorar la norma
Javier Hernández Valencia, representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, urgió a acelerar el proceso de aprobación de esta Ley y a tomar en cuenta la voz de la sociedad civil, víctimas y familiares. Asimismo, a crear un escenario de conferencia parlamentaria y sinergia entre diputados y senadores, para optimizar los tiempos que marca la Carta Magna para apresurarla.
“Lo que las familias quieren es a sus familiares de vuelta, no una ley. Si esta garantiza que vuelvan sus seres queridos, bienvenida; pero si va a tardar demasiado, y la desaparición material no se ataca de manera frontal, vamos a defraudar el conjunto del proceso”, advirtió.
En tanto, el primer visitador de la CNDH, Luis García López Guerrero, hizo un llamado para fortalecer el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y Extraviadas, que dé respuesta a los señalamientos hechos por la instancia que representa y los organismos internacionales, y que sirva como herramienta adecuada para la localización de las víctimas.
Consideró de vital importancia que exista coordinación de datos de los distintos órganos de procuración de justicia con el fin de depurar, confirmar y ampliar los registros existentes, clasificarlos de acuerdo a los tipos de desaparición y diferenciarlos de los extravíos.
De la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, el consultor Alan García Campos consideró necesario prestar atención a las disposiciones constitucionales que se tomen en cuenta para emitir la ley, que será de naturaleza general.
Esta iniciativa “hace referencia a dos artículos de la Carta Magna, pero es un tema que debe blindarse adecuadamente porque lo peor que podría ocurrir es que se adoptara una legislación con alcances federales, estatales y municipales, que eventualmente sea desafiada por sus bases constitucionales”, explicó.
Asimismo, recomendó analizar temas como el fortalecimiento a los criterios para combatir la impunidad en el delito de desaparición forzada y la agilización de los vicios de investigación, en virtud de que esta ley aun es perfectible.
A su vez, Santiago Corcuera Cabezut, miembro del Comité Sobre las Desapariciones Forzadas de la ONU, sugirió modificar uno de los transitorios para especificar que en lugar de crear reglamentos en cada estado para la nueva ley, se aprueben normas locales que coincidan con que lo dispone.
Por otra parte, dijo, “no está claro si la tipificación será de carácter federal o no. Es necesario que en un transitorio se diga que todos los estados de la República tiene que tipificar la desaparición forzada en sus normas, y cumplirlo en un plazo de seis meses”.
Juan López Villanueva, de Fuerzas Unidas de Nuestros Desaparecidos, A.C., expuso que las familias de las víctimas están interesadas en la creación de una Fiscalía Especializada para personas desaparecidas y en la atracción por parte de la Federación de estos casos, por lo que se tiene que concentrar el esfuerzo en el tema.
Hizo hincapié en revisar el tema de las fosas comunes y panteones, para que los cuerpos no reclamados se conserven de manera que se tenga tiempo para identificarlos.
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lunes, 2 de junio de 2014
domingo, 1 de junio de 2014
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