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martes, 13 de enero de 2015

Reformamos Ley de Migración para que Secretaría de Educación Pública desarrolle modelo de inclusión educativa para hijos de jornaleros agrícolas migrantes



Amigos:

En la sesión del 22 de octubre de 2014, los diputados aprobamos un dictamen que adiciona un segundo párrafo al artículo 8 de la Ley de Migración, con el fin de que la Secretaría de Educación Pública desarrolle un modelo de inclusión educativa para los hijos de jornaleros agrícolas migrantes.

El dictamen surge de una iniciativa presentada el 25 de febrero pasado por el diputado Ricardo Mejía Berdeja (MC), fue aprobado por unanimidad, con 366 votos a favor, y se turnó al Senado para su análisis.

En el documento se señala que la redacción actual del artículo 8 de la Ley de Migración establece la facultad de los migrantes para acceder a los servicios educativos independientemente de su situación migratoria y esta reforma viene a dar el elemento de la obligación correlativa.

Considera que al establecer que la Secretaría de Educación Pública diseñará, implementará y ejecutará un modelo integral de inclusión educativa para los hijos de jornaleros agrícolas migrantes, se contribuirá a dar cumplimiento a lo establecido en el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Este convenio plantea garantizar a todos los niños y niñas un modelo de inclusión educativa y social con mayor énfasis en la situación de los hijos de jornaleros agrícolas migrantes.

En el documento se recuerda que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 (PEF 2013) figura un presupuesto de 223 millones 226 mil 902 pesos en el Programa de Educación Básica para Niños y Niñas de Familias Jornaleras Agrícolas Migrantes.

Sin embargo, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014 (PEF 2014) dicho programa no aparece, por lo tanto tampoco el monto destinado.

El diputado Mejía Berdeja refirió que en octubre pasado la Comisión de Asuntos Migratorios aprobó una opinión para solicitar que al programa de Educación Básica para Niños y Niñas de Familias Jornaleras Agrícolas Migrantes se le restituya por lo menos el monto que se le asignó en 2013, sin que se atendiera esa propuesta.

Por ello se propone adicionar un segundo párrafo al artículo 8 de la Ley de Migración, para quedar como sigue:

La Secretaría de Educación Pública diseñará, implementará y ejecutará un modelo integral de inclusión educativa para los hijos de jornaleros agrícolas migrantes.

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