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jueves, 15 de enero de 2015

Avalamos que la Secretaría de Salud aplique campañas para prevenir y controlar contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores



Amigos:

En la sesión ordinaria del 11 de Noviembre de 2014, los diputados aprobamos, con cambios, una minuta del Senado para que la Secretaría de Salud aplique campañas para prevenir y controlar la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores, y la regresamos a la cámara alta.

El documento reforma el párrafo tercero del artículo 156 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), surge de una iniciativa que los diputados Ricardo Astudillo Suárez y Arturo Escobar y Vega (PVEM) presentaron en abril de 2013 y se aprobó con 410 votos a favor, cero en contra y 20 abstenciones.

Esa iniciativa fue aprobada en la Cámara de Diputados y turnada al Senado para su análisis, donde fue modificada y regresada a San Lázaro, donde ahora la avalaron con cambios y se remite a la cámara alta.

Con esta reforma, la Secretaría de Salud, en coordinación con los gobiernos de los estados, el Distrito Federal y los municipios, formulará y aplicará programas y campañas, a fin de prevenir y controlar la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores.

En las consideraciones del documento se refiere que la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales coincide con la colegisladora en que “el Estado debe garantizar el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar”.

“El proyecto de reforma es parte del fortalecimiento que requiere la legislación para regular el tema de la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores”, se señala.

También indica que la comisión dictaminadora “reconoce el concepto de ‘ruido’, en los términos planteados por la colegisladora: ‘todo sonido indeseable que moleste o perjudique a las personas’”.

La minuta de decreto se aprobó en los siguientes términos:

Artículo 156. ...

La Secretaría, en coordinación con organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, integrará la información relacionada con este tipo de contaminación, así como de métodos y tecnología de control y tratamiento de la misma, derivada de esa información la Secretaría en coordinación con los gobiernos de los Estados, el Distrito Federal y los Municipios formulará y aplicará programas y campañas, a fin de prevenir y controlar la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores.

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