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domingo, 3 de agosto de 2014

Aprobamos minuta del Senado que reforma la Ley de la CNDH para regular procedimiento de sustitución de integrantes del Consejo ConsultivoAmigos:

Amigos:

El 5 de marzo, los diputados aprobamos una minuta del Senado que reforma el artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y determina el procedimiento para sustituir a los integrantes del Consejo Consultivo de esta institución, en casos de falta absoluta.

El documento, avalado por unanimidad, con 426 votos a favor, surge de una iniciativa presentada en octubre del 2012 por el senador Pablo Escudero Morales (PVEM) y se turnó al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La reforma establece la posibilidad de renovación anual de hasta dos consejeros de la CNDH.

Los miembros del Consejo Consultivo podrán participar en uno o más procesos de elección dentro del mismo año natural y será el propio Consejo el que propondrá el orden cronológico que deba seguirse.

Se precisa que en caso de falta absoluta de cualquier integrante del Consejo Consultivo, el presidente de la CNDH notificará inmediatamente al Senado o, en su caso, a la Comisión Permanente; y se llevará a cabo el procedimiento de sustitución dentro de los 90 días siguientes.

Esta designación será por un periodo completo.

En las consideraciones de expone que la Carta Magna en su artículo 102, establece que anualmente serán sustituidos los dos integrantes del Consejo Consultivo con mayor antigüedad en el cargo, salvo que sean propuestos y ratificados para un segundo periodo.

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