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domingo, 3 de agosto de 2014

Aprobamos la Ley Federal de Consulta Popular

Amigos:
 
Les quiero informar que en la sesión del 6 de marzo, los diputados aprobamos, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Consulta Popular, reglamentaria de la reforma constitucional en materia político-electoral y la envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
 
El documento aprobado, con 362 votos a favor, 57 en contra y 4 abstenciones en lo general, establece que serán objeto de consulta popular los temas considerados de trascendencia nacional, cuando contengan elementos que repercutan en la mayor parte del territorio o que impacten en una parte significativa de la población.
 
La trascendencia de los temas serán calificados por la mayoría de los legisladores en cada Cámara del Congreso, con excepción de la consulta propuesta por los ciudadanos, en cuyo caso lo resolverá la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
 
Determina que podrán solicitar una consulta popular el Presidente de la República, el 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso o los ciudadanos en un número al menos del dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.
 
No podrán ser objeto de consulta popular: la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución; los principios consagrados en el Artículo 40 de la Carta Magna; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.
 
La ley especifica que será la autoridad electoral la encargada de promover y difundir la consulta popular y de ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de esta consulta.
 
Al fundamentar el dictamen, a nombre de la Comisión de Gobernación, el diputado Abel Octavio Salgado Peña (PRI) señaló que la colegisladora realizó modificaciones a los artículos 5, 6, 12, 14, 15, 20, 21, 25, 28, 30, 32, 33, 41, 64 y sexto transitorio.
Dijo que los ciudadanos podrán respaldar más de una consulta con la limitación establecida en la no procedencia de la segunda consulta cuando sea respaldada por los mismos ciudadanos y cuando rebasen el 20 por ciento de las firmas de apoyo, siendo válida por lo tanto sólo la primera solicitud.
Señaló que se amplió la representación de la consulta popular, misma que podrá realizarse ante las Cámaras del Congreso de la Unión. Cuando el resultado de una consulta sea vinculatorio, tendrá efectos durante los tres años siguientes contados a partir de la declaratoria de validez.
Sobre la difusión y el uso de los tiempos de radio y televisión, se precisó que solamente el Instituto Nacional Electoral tendrá las facultades para la promoción y discusión informada de las consultas convocadas por el Congreso de la Unión, indicó.
“La Ley Federal de Consulta Popular fortalece nuestra democracia y permite la intervención ciudadana para que en su opinión sean aplicados a través de la ley, los temas que mejor considere para el desarrollo de nuestro país”, puntualizó.
El diputado Luis Antonio González Roldán (Nueva Alianza) expresó su certeza de que con esta nueva Ley, los ciudadanos serán un elemento definitivo en las determinaciones que adopten las autoridades y en la ejecución de sus políticas.
“Con el avance en el proceso legislativo para abrir la toma de decisiones a la ciudadanía, como país damos un paso decisivo en la institución de poder ciudadano, y con él refrendamos y atendemos las demandas de su participación en el poder público que ha sido constante a través del tiempo”, enfatizó.
Por el PT, el diputado Manuel Huerta Ladrón de Guevara subrayó que esta ley no cumple con los principios pro persona, debido a que establece una ruta tortuosa y complicada para presentar la petición de consulta popular.
Añadió que el aviso de intención del artículo 14 y la expedición y publicación de constancia correspondiente como requisito para recabar las firmas de apoyo, la extrema formalidad de usar los formatos que aprueben las Cámaras del Congreso de la Unión en el artículo 15 con número de folio en cada hoja, sin los cuales no será admitida a trámite, “representan en una primera instancia formalidades extremas que no promueven ni garantizan el derecho de los ciudadanos para promover las consultas populares”.
En su turno, el diputado Alfonso Durazo Montaño (MC) reconoció que es cierto que hay una lucha social histórica por contar con una iniciativa popular. Sin embargo, consideró que esta ley lo “es más por el título que por su contenido. Tiene tantas limitaciones que difícilmente podremos hacer uso de ella para sacar adelante un proyecto de iniciativa popular”.
Consideró que si el 2015 se hace una consulta sobre la reforma energética, “ésta debió haber tenido lugar en el momento que se sometía a consideración las modificaciones correspondientes, en virtud de que para ese año es muy probable que no esté entonces en la agenda de la opinión pública ese tema”.
La diputada Ruth Zavaleta Salgado (PVEM) mencionó que esta figura ya existe en 16 estados de la República y consideró que es importante que al aprobar esta ley, también las entidades que faltan lo hagan de manera rápida para armonizar las normas y darles oportunidad a los ciudadanos.
Enfatizó que con la ley “estamos cumpliendo una demanda de los ciudadanos desde hace muchos años para que se sientan integrados al sistema político”.
Por su parte, la diputada Amalia García Medina (PRD) consideró que en consulta popular México tiene un enorme retraso. “Estamos tarde en este tipo de instrumentos de democracia directa. Solamente México y República Dominicana faltan para estar al día”.
Reconoció que ésta es una norma perfectible que le pueden faltar algunas cosas, pero a “este instrumento de democracia directa, derecho de los ciudadanos y ciudadanas, que ha sido una exigencia de la ciudadanía tenemos que decirle que sí”. La primera ocasión en que se aplique debe ser para consultar sobre reforma en materia energética, porque son los ciudadanos, no somos nosotros un grupo de representantes populares, quien debe decidir sobre el patrimonio energético de la nación”.
El diputado Alfredo Rivadeneyra Hernández (PAN) sostuvo que la instrumentación de este mecanismo de democracia directa representa el acceso a un largo anhelo ciudadano y que a partir de su implementación, desde el gobierno y las Cámaras del Congreso será necesario diseñar reformas y políticas, con una mayor precisión, responsabilidad y compromiso.
Sin duda, dijo, con esta ley se promueve que en el ejercicio de los deberes públicos “seamos más eficaces y eficientes y mejoremos la calidad de nuestra democracia”.
En tanto, el diputado Leopoldo Sánchez Cruz (PRI) consideró que los cambios aprobados en la colegisladora, clarifican la definición del objeto de la consulta popular y las consideraciones que deberán tenerse en cuenta para entender que se trata de asuntos de trascendencia nacional.
Enfatizó que este instrumento provee certeza plena del ejercicio de derecho que regula, al definir y establecer sus alcances, requisitos, reglas y procesos específicos para la expedición de la convocatoria. Los lineamientos para su organización, difusión, realización, publicación de resultados y los medios para su impugnación.
Durante la discusión, el diputado Ricardo Mejía Berdeja (Movimiento Ciudadano) afirmó que ésta no es una Ley de Consulta Popular, sino una simulación, ya que vuelve prácticamente imposible el ejercicio de la democracia participativa con candados insalvables. “No avalamos esta ley que obstruye la participación ciudadana”.
Al hablar a favor, el diputado Fernando Rodríguez Doval (PAN) expresó que esta ley va a permitir que aquellos temas que sean de trascendencia nacional se puedan consultar. “Nos va a ayudar a tener un mejor sistema político, una ciudadanía más informada y más activa, y permitirá una democracia más participativa y de mejor calidad”, abundó.
La diputada Loretta Ortíz Ahlf (PT) mencionó que con el dictamen, se estará aprobando una norma con vicios de inconstitucionalidad evidente y se provocará que existan impugnaciones, procesos jurisdiccionales e incertidumbre, pues “contiene artículos que son notoriamente inconstitucionales que resulta absurdo que se insista en aprobarla en sus términos”.
Por el PRD, el diputado Fernando Zárate Salgado indicó que la consulta popular es un mecanismo de democracia directo que permite el acercamiento entre los ciudadanos y los gobernantes, y con esta ley se reivindica “el reconocimiento del derecho a que los ciudadanos se consultan de manera directa”.
En contra, la diputada María del Socorro Ceseñas Chapa (PRD) puntualizó que esta minuta en lugar de ser un fundamento para una democracia participativa y plena, acota a los electores, a la ciudadanía, a la sociedad y a su participación en las decisiones trascendentales en el país. “Es una trampa, una cortina de humo, para que el pueblo no decida”.
A su vez, el diputado Faustino Félix Chávez (PRI) consideró que esta Ley es una herramienta para permitirle al ciudadano ser copartícipe de la toma de decisiones del Estado. “Es de y para los ciudadanos, no un instrumento para los partidos; es una herramienta que fortalece la democracia directa y transformará el cómo se toman las decisiones en el país, empoderando al ciudadano y haciendo valer su voz”.
De Movimiento Ciudadano, la diputada Luisa María Alcalde Luján argumentó que esta supuesta consulta popular “tristemente es una apariencia y una simulación. No sé qué me sorprende más, si la falta de voluntad del gobierno para empoderar a la ciudadanía y hacerla partícipe activa de la vida política, o el enorme esfuerzo que hacen para aparentar que así es”, agregó.
La diputada Graciela Saldaña Fraire (PRD) se pronunció a favor de la reforma, toda vez que ello permitirá desarrollar una democracia participativa eficiente; sin embargo, dijo, se debe trabajar en acciones que eliminen restricciones, a través de una propuesta integral que otorgue a la ciudadanía una decisión plena que fomente un estado político social y con autonomía plena.
En tanto, la diputada Lilia Aguilar Gil (PT) mencionó que su sentido de su voto sería en contra, ya que la consulta popular debe plantear que la ciudadanía informada no solamente tenga derecho a votar y ser votados, sino que puedan participar del gobierno y las políticas públicas, a través de la Contraloría Social, agregó que “ No se debe caer en el engaño del apuro y si se tendrá que adecuar los requisitos para que la consulta ciudadana sea efectiva”.
El diputado Rodrigo González Baños (PRD) declaró que su sentido del voto sería a favor, ya que es este instrumento dota, y da a la sociedad la posibilidad unificar a la nación cuando existan temas de trascendentales. “No hay candado imposible cuando hay un tema de trascendencia nacional y está demostrado”, afirmó.
Por su parte, Miguel Flores Aguayo (PRD) se manifestó en contra, ya que se tiene una crisis de representación; por eso, se abren figuras de democracia directa y de forma participativa, pero aquí el problema es el gradualismo, falta visión de Estado “Hay estados como Veracruz donde existe el referéndum y no sirve absolutamente para nada, por lo cual esta reforma es sólo una figura decorativa”
El diputado Fernando Belauzarán Méndez (PRD) señaló que lo que hace la Ley de Consulta Popular es prácticamente dejar las cosas como están en la Constitución, por lo que adelantó que su voto sería a favor de la aprobación.
En su turno, el diputado Javier Orihuela García (PRD) indicó que con la aprobación de esta reforma lejos de permitir la participación ciudadana la limita. “No estamos de acuerdo con que al pueblo se le regateen migajas de consulta. Estamos de acuerdo en una verdadera ley que permita la participación amplia, abierta a fin de que se genere una gran gobernabilidad”, puntualizó.
Votación en lo particular
El Pleno aprobó en lo particular, con 333 votos a favor, 54 en contra y 4 abstenciones, los artículos reservados, 5, 6, 12, 21, 30, 33, 41, 64 y sexto transitorio, en términos del dictamen.

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