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miércoles, 23 de julio de 2014

Aprobamos que empresas que utilicen “outsourcing” tengan obligación de dar acceso a créditos para vivienda a trabajadores, si subcontratistas no lo hacen

Amigos:                                         
Les informo que en la sesión del 11 de febrero, los diputados aprobamos un dictamen para que, si una empresa subcontratista (outsourcing) no cumple con la obligación de proporcionar a sus trabajadores acceso a créditos para vivienda, la compañía que se beneficia de sus servicios tenga la obligación de otorgárselos.
El documento, que adiciona un artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), fue avalado con 441 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, y se turnó al Senado para su discusión y eventual ratificación.
 
En agosto pasado, los diputados Ossiel Omar Niaves López, Patricio Flores Sandoval y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del PRI, presentaron la iniciativa de la cual deriva el dictamen, misma que fue turnada a la Comisión de Vivienda para su análisis.
 
En sus consideraciones, se indica que en la reforma laboral, promulgada en noviembre de 2012, se reconoció a la tercerización de servicios (subcontratación) como una forma accesible para que empresas pudieran tener mayor productividad a partir de la utilización de servicios especializados ofrecidos por una empresa contratista.
 
Con esta reforma se les dio la calidad de patrón a las empresas subcontratistas o contratistas, por lo que están obligadas a proporcionar vivienda a sus trabajadores, de conformidad a lo que establece el artículo 136 de la Ley Federal del Trabajo y el del artículo 123, apartado A, de la Constitución, agrega.
 
No obstante, señala la necesidad de armonizar los criterios entre Leyes del Seguro Social, Federal del Trabajo y del Infonavit, para evitar lagunas legales o vacíos que impidan la actuación del Infonavit dentro de los parámetros legales.
 
“El carácter de responsable solidario y sujeto obligado que se intenta establecer en la Ley del Infonavit, garantizaría a los trabajadores el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de los sujetos obligados y además, coadyuvaría a la mejora recaudatoria del Instituto”, expresa.
 
En el artículo que se busca adicionar a la Ley del Infonavit se prevé, además, que las empresas contratantes y contratistas estén obligadas a comunicar trimestralmente ante la delegación de recaudación correspondiente, información sobre los contratos celebrados en ese periodo.
 
Esta medida “le permitiría al Instituto dotarse de la información indispensable para hacer efectivas sus facultades fiscales de comprobación, obligando a los intermediarios y patrones subcontratistas o contratistas a enterar sobre los contratos de servicios prestados a otras empresas”, señala el dictamen.

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