Amigos
y amigas:
Quiero
comunicarles que en la sesión ordinaria del 24 de Marzo de 2015 aprobamos un
dictamen que reforma la Ley General de Turismo para promover la conservación
del patrimonio natural y cultural del país, además de la infraestructura y el
equipamiento, a fin de contribuir al fomento y desarrollo de la actividad
turística.
El
dictamen surge de una iniciativa que presentó, en diciembre pasado, la diputada
Bárbara Gabriela Romo Fonseca (PVEM) y reforma la fracción VIII del artículo 4
de esa ley, a fin incluir en la legislación el concepto de “conservación” del
patrimonio natural y cultural de México.
Fue
aprobado por unanimidad, con 392 votos a favor, y se turnó al Senado para su
análisis y eventual ratificación.
Con
esta reforma se promoverán la infraestructura, equipamiento y conservación,
para contribuir al fomento y desarrollo de la actividad turística, en
coordinación con los estados, municipios y el Distrito Federal y con la
participación de los sectores social y privado,
Estas
acciones estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el
Presupuesto de Egresos de la Federación PEF).
En
el contenido del decreto se establece que la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) promueve en todo el
mundo la identificación, protección y preservación del patrimonio natural y
cultural que conlleve un valor universal excepcional para la humanidad.
En
la lista de patrimonio mundial de la Unesco figuran 754 sitios de los cinco
continentes, de los cuales México cuenta con 32, de los cuales 27 son
considerados patrimonio cultural y cinco patrimonio natural, refiere el
documento.
México
es el país latinoamericano que más sitios inscritos tiene en la lista de
patrimonio mundial y el tercero que cuenta con el mayor número de ciudades
inscritas en la lista del patrimonio mundial, las cuales se encuentran en
Campeche, Puebla, Ciudad de México, Querétaro, Guanajuato, Morelia, Oaxaca y
Zacatecas.
Señala
que la protección, conservación y restauración de los bienes de la humanidad
requieren recursos económicos, científicos y técnicos.
La
Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, que
es el primer instrumento jurídico que ordena la conservación y la preservación
de los sitios naturales y culturales, pretende crear un sistema eficaz para la
protección colectiva del patrimonio cultural y natural con valor excepcional.
Con
esta reforma, la fracción VIII del artículo 4 de la Ley General de Turismo
queda como sigue:
Promover
la infraestructura, equipamiento y “conservación”, que contribuyan al fomento y
desarrollo de la actividad turística, en coordinación con los estados,
municipios y el Distrito Federal, y con la participación de los sectores social
y privado, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos
aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario