Con su permiso, Presidenta.
La salud materna infantil es una materia,
cuyo desarrollo en el contexto del ejercicio del derecho a la protección de la
salud, se encuentra fundamentalmente a cargo del Estado.
La lactancia materna es una de las máximas
expresiones de unión entre seres humanos, se trata de un momento en el que la
madre provee de la leche materna alimento primigenio a otro ser humano que es
su hijo.
La Organización Mundial de la Salud y el
Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, Unicef, recomiendan como
imprescindible la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses
de vida y de menara seguida hasta los dos años, acompañados de otros alimentos
complementarios.
En razón de esto en octubre de 2012 fue
publicado en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se
establecen las directrices para fortalecer una política pública favorable de
prevención, de la salud y a favor de la lactancia materna, con el objeto
justamente de establecer directrices que permitan fortalecer la política
pública en lactancia materna, logrando mayores niveles de lactancia materna
exclusiva en los primeros seis meses y hasta los dos años de edad.
La falta de acceso a este alimento se sabe
que puede generar diferentes enfermedades en los menores de dos años, y en
especial a los menores de un año, provocando incluso la muerte o enfermedades
que pueden causarles permanente estado de daño en su salud.
Se sabe que la leche materna contiene más de
500 diferentes sustancias que ninguna otra fórmula láctea puede llegar a
sustituir, lo que la convierte en un alimento insustituible para el ser humano
en su estado de lactancia. Del acceso a la leche materna depende en buena
medida la maduración del sistema inmunológico que le permitirá al neonato el
desarrollo de las condiciones necesarias para protegerse contra enfermedades
infecciosas y alergias durante toda su vida.
La Organización Mundial de la Salud afirma
que con ello se disminuye hasta 25 veces las posibilidades de morir por diarrea
y hasta 9 veces la posibilidad de morir por enfermedades respiratorias en
menores de un año de edad.
Durante la lactancia se genera un vínculo
indestructible entre madre e hijo o hija, y éste constituye el primer acto de
socialización al que debe tener acceso cualquier menor y que forma parte
insustituible de su proceso de humanización.
En razón de lo anterior, es indispensable
aprobar el presente dictamen con la finalidad de adecuar el marco jurídico a
las necesidades que demandan principalmente las madres trabajadoras. Con el
impulso de la instalación de lactarios en los centros de trabajo de los
sectores, tanto públicos como privado, se estaría beneficiando no solamente al
hijo la madre trabajadora sino a ésta misma.
La UNICEF refiere que los lactarios son
ambientes donde las madres pueden extraer la leche materna y conservarla
adecuadamente, para que con posterioridad el hijo o la hija pueda ser
alimentado. Destaca que el uso del servicio de lactarios es particularmente
importante, porque permite ejercer el derecho y la responsabilidad de la
lactancia materna dentro del ámbito laboral, en condiciones de calidad, calidez
para las usuarias y para los bebés.
Por ello, los diputados y diputadas de Acción
Nacional estamos ciertos que la generación de condiciones idóneas,
principalmente en los centros de trabajo son un elemento indispensable para
dignificar la condición humana de la madre y de sus hijos, así como para la
protección de la vida de los neonatos.
Es por ello que votaremos a favor del
presente dictamen.
Muchas gracias.
--ooOOoo--
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