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lunes, 5 de agosto de 2013

¿Por qué el PAN votó en contra de la homologación el salario base de cotización al IMSS con el ISR?

Con la aprobación de las reformas a la Ley del Seguro Social para homologar el salario base de cotización al Instituto Mexicano del Seguro Social con el Impuesto Sobre la Renta, mi compañero, el diputado Arturo Salinas, fijó la postura de AN. En tribuna aseguró que con esta reforma se reducirá el salario de los trabajadores.

"Yo quiero saber cómo le van a explicar a un trabajador y a su familia que una vez que se apruebe esta reforma, su salario se verá reducido, llegarán semana a semana con un cheque reducido y esto afectará la calidad de vida de ellos y de sus familias".
El diputado comentó que no sólo se afectara con estas reformas a los trabajadores sino también a las empresas puesto que serán menos competitivas y generarán menor cantidad de empleos, al incrementarse el costo de la mano de obra.
"Es una ley que afecta a ambos sectores tanto el empresarial como al trabajador y bueno es tan simple como yo les preguntaría, pregúntele a alguien hagan una encuentra que trabajador estaría dispuesto a seguirle pagando más dinero al seguro social con un servicio deficiente, con un servicio que a todas luces no es lo que los mexicanos esperan".

Para ampliar la información, les comparto el siguiente Podcast del CEN del PAN de mi compañero, el diputado Arturo Salinas.
 
 

Se aprueba en la Cámara de Diputados el dictamen para homologar criterios para cubrir cuotas al IMSS con el pago del ISR, lo turnan al Senado

Amigos:

Les quiero informar que el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 25 de abril, en lo general y en lo particular, el dictamen para homologar los criterios para cubrir las cuotas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con los del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y lo turnan al Senado de la República.

El dictamen fue avalado en lo general con 336 votos a favor, 115 en contra y 15 abstenciones.

Los diputados de Acción Nacional votamos en contra.

En lo particular se aprobó agregar tres artículos transitorios al dictamen, para transparentar los recursos que se obtengan con esta reforma, que éstos se destinen a desarrollo e infraestructura del IMSS y que la Auditoría Superior de la Federación informe sobre los ejercicios de 1997 a 2002.

El dictamen, que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del Seguro Social, deriva de la iniciativa presentada el pasado 19 de marzo por el diputado Sergio Torres Félix (PRI) y es turnado al Senado de la República para su ratificación.

Dicha reforma busca hacer compatibles las bases gravables de las cuotas obrero-patronales y el ISR, posibilitando con ello una mejor fiscalización de ambas contribuciones, expone el documento.

Con ello, se “beneficiará a los trabajadores, puesto que al no modificarse la tasa de cuotas obreras, seguirán pagando cerca de $2.6 de cada $100 pesos, mientras que por cada peso que paguen ganarán aproximadamente $6.7 pesos por el aumento que se logrará a su cuenta de ahorro para el retiro y vivienda”, afirma.

Explica que, actualmente, ambas bases gravables se encuentran disociadas, a pesar de estar basadas en el salario, ya que la Ley del Seguro Social y la del ISR han dado diversos tratamientos a los componentes del salario.

Esto ha provocado que la fiscalización de la determinación de ambas contribuciones se complique y que algunos patrones aprovechen la diferencia entre ambas bases gravables para subestimar el salario base de cotización y así reducir su carga de seguridad social, señala.

Asimismo, se benefician al reportar una nómina mayor para deducir su propia base gravable, puesto que diversos componentes de los ingresos por la prestación de servicios personales subordinados son deducibles para los patrones, agrega.

La reforma también plantea homologar las exclusiones de los integrantes del salario base de cotización, establecidos en el artículo 27 de la Ley del Seguro Social con los de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Entre estos, destacan los bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el desempeño de sus actividades, siempre que los mismos estén de acuerdo con la naturaleza del trabajo prestado, hasta por el monto en que se encuentren exentos o no sean considerados ingresos gravados en la Ley del ISR.

También las aportaciones a los fondos de ahorro establecidos para los trabajadores y las cuotas sindicales, las cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de la cuenta individual de los trabajadores y sus aportaciones a la subcuenta de vivienda.

Asimismo, se excluyen del salario base de cotización las prestaciones de alimentación y la habitación que se entreguen en especie, las despensas en especie o en vales, los vales para restaurante y para transporte, y los premios por asistencia y puntualidad.

En la discusión en lo particular, se aprobó la reserva del diputado Carol Antonio Altamirano (PRD), quien propuso agregar al dictamen un nuevo artículo tercero transitorio para establecer que la Auditoría Superior de la Federación deberá informar los resultados de la gestión del IMSS de los ejercicios de 1997 a 2002.

Asimismo, añadir un artículo cuarto transitorio para especificar que la recaudación adicional que se derive de las reformas, deberá destinarse al desarrollo de infraestructura y servicios de salud del IMSS, de conformidad con la Ley del Seguro Social y demás normativa aplicable.

Finalmente, adiciona un artículo quinto transitorio para establecer en el dictamen que el IMSS, en el informe al que se refiere el artículo 273 de la Ley del Seguro Social que corresponda al ejercicio fiscal 2014 deberá hacer referencia al impacto que derive del presente decreto.

jueves, 25 de julio de 2013

Aprobamos un dictamen para que hijas de asegurados y pensionados, de hasta 18 años de edad, reciban atención del IMSS por embarazo

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del pasado 19 de marzo aprobamos, con 436 votos a favor, un dictamen para que las hijas de asegurados y pensionados, de hasta 18 años de edad, reciban atención del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en caso de embarazo.

La reforma al artículo 95 de la Ley del Seguro Social, que pasa al Senado para su análisis y eventual aprobación, establece que podrán disfrutar de las prestaciones de asistencia obstétrica, ayuda en especie por seis meses para lactancia y una canastilla al nacer el hijo.

Los diputados destacamos que existe una cifra alarmante de mujeres embarazadas menores de 18 años, que no cuentan con ningún tipo de seguro ni recurso para recibir atención médica.

“Tendrán derecho a disfrutar de las prestaciones señaladas en las fracciones I y II del artículo anterior, las beneficiarias que se señalan en las fracciones III, IV del artículo 84 de esta ley, y las hijas de los asegurados y pensionados hasta los dieciocho años”, indica el dictamen.

Actualmente el artículo 95 de la Ley del Seguro Social refiere que sólo tienen derecho a dicha atención obstétrica las esposas o concubinas del trabajador asegurado, o del pensionado.

Por lo anterior, la importancia de fondo de la iniciativa es el poder proporcionar esa atención obstétrica a las adolescentes hijas de asegurados o de pensionados afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), atendiendo los programas públicos de la salud materno infantil.