Les
quiero informar que el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el 25 de abril,
en lo general y en lo particular, el dictamen para homologar los criterios para
cubrir las cuotas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con los del
pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y lo turnan al Senado de la República.
El
dictamen fue avalado en lo general con 336 votos a favor, 115 en contra y 15
abstenciones.
Los
diputados de Acción Nacional votamos en contra.
En
lo particular se aprobó agregar tres artículos transitorios al dictamen, para
transparentar los recursos que se obtengan con esta reforma, que éstos se
destinen a desarrollo e infraestructura del IMSS y que la Auditoría Superior de
la Federación informe sobre los ejercicios de 1997 a 2002.
El
dictamen, que reforma el artículo 27 y deroga el artículo 32 de la Ley del
Seguro Social, deriva de la iniciativa presentada el pasado 19 de marzo por el
diputado Sergio Torres Félix (PRI) y es turnado al Senado de la República para
su ratificación.
Dicha
reforma busca hacer compatibles las bases gravables de las cuotas obrero-patronales
y el ISR, posibilitando con ello una mejor fiscalización de ambas
contribuciones, expone el documento.
Con
ello, se “beneficiará a los trabajadores, puesto que al no modificarse la tasa
de cuotas obreras, seguirán pagando cerca de $2.6 de cada $100 pesos, mientras
que por cada peso que paguen ganarán aproximadamente $6.7 pesos por el aumento
que se logrará a su cuenta de ahorro para el retiro y vivienda”, afirma.
Explica
que, actualmente, ambas bases gravables se encuentran disociadas, a pesar de
estar basadas en el salario, ya que la Ley del Seguro Social y la del ISR han
dado diversos tratamientos a los componentes del salario.
Esto
ha provocado que la fiscalización de la determinación de ambas contribuciones
se complique y que algunos patrones aprovechen la diferencia entre ambas bases
gravables para subestimar el salario base de cotización y así reducir su carga
de seguridad social, señala.
Asimismo,
se benefician al reportar una nómina mayor para deducir su propia base
gravable, puesto que diversos componentes de los ingresos por la prestación de
servicios personales subordinados son deducibles para los patrones, agrega.
La
reforma también plantea homologar las exclusiones de los integrantes del
salario base de cotización, establecidos en el artículo 27 de la Ley del Seguro
Social con los de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Entre
estos, destacan los bienes que el patrón proporcione a los trabajadores para el
desempeño de sus actividades, siempre que los mismos estén de acuerdo con la
naturaleza del trabajo prestado, hasta por el monto en que se encuentren
exentos o no sean considerados ingresos gravados en la Ley del ISR.
También
las aportaciones a los fondos de ahorro establecidos para los trabajadores y
las cuotas sindicales, las cuotas destinadas a la subcuenta de retiro, cesantía
en edad avanzada y vejez de la cuenta individual de los trabajadores y sus
aportaciones a la subcuenta de vivienda.
Asimismo,
se excluyen del salario base de cotización las prestaciones de alimentación y
la habitación que se entreguen en especie, las despensas en especie o en vales,
los vales para restaurante y para transporte, y los premios por asistencia y puntualidad.
En
la discusión en lo particular, se aprobó la reserva del diputado Carol Antonio
Altamirano (PRD), quien propuso agregar al dictamen un nuevo artículo tercero
transitorio para establecer que la Auditoría Superior de la Federación deberá
informar los resultados de la gestión del IMSS de los ejercicios de 1997 a
2002.
Asimismo,
añadir un artículo cuarto transitorio para especificar que la recaudación
adicional que se derive de las reformas, deberá destinarse al desarrollo de
infraestructura y servicios de salud del IMSS, de conformidad con la Ley del
Seguro Social y demás normativa aplicable.
Finalmente,
adiciona un artículo quinto transitorio para establecer en el dictamen que el
IMSS, en el informe al que se refiere el artículo 273 de la Ley del Seguro
Social que corresponda al ejercicio fiscal 2014 deberá hacer referencia al
impacto que derive del presente decreto.

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