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jueves, 23 de julio de 2015
jueves, 19 de febrero de 2015
jueves, 12 de febrero de 2015
Armonizan diputados ley y cambian término de personas discapacitadas por el de personas con discapacidad
México D.F; 3 de febrero de 2015
Con el voto favorable del PAN, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó modificar la legislación actual de la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, armonizándola con los preceptos internacionales, así como las de las legislaciones locales y cambiar el término de persona discapacitadas por el de personas con discapacidad.
“En Acción Nacional estamos convencidos que es el término correcto y el más adecuado para promover el respecto a la dignidad de este grupo de personas vulnerables”, afirmó la diputada Raquel Jiménez Cerrillo, al posicionar la legislación.
El dictamen proveniente de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes de Desarrollo Rural Sustentable, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Federal de Derechos, General de Asentamientos Humanos y General de Salud, fue aprobado por unanimidad con 399 votos.
Jiménez Cerrillo explicó que en Acción Nacional se coincide con la necesidad de incorporar o sustituir en la legislación que lo amerita el término personas con discapacidad, toda vez que, de acuerdo con los acuerdos internacionales a la Constitución política y a la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, el término adecuado para referirse a ellas, tiene que ver con personas con discapacidad.
“Desafortunadamente, aun cuando existe un nuevo paradigma en el tema de la discapacidad, cimentado en los derechos humanos y en la inclusión social, se sigue presentando el empleo de un lenguaje equivocado y peyorativo que a la vez se convierte en discriminatorio”, sentenció la Diputada panista.
Para finalizar, aseguró que en Acción Nacional coincide en homogeneizar el término de personas con discapacidad, toda vez que es inconcebible hablar sobre derechos e igualdad de oportunidades sin que se plasme correctamente en la ley el término para referirse a estas personas.
El dictamen fue devuelto al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
miércoles, 17 de diciembre de 2014
domingo, 23 de noviembre de 2014
Primordial instalar lactarios en centros de trabajo: Dip. Raquel Jiménez
Boletín
México, D.F., 19 de noviembre de 2014
Dado que la leche materna es el alimento
primordial para los lactantes, la Cámara de Diputados aprobó con 332 votos un
dictamen que reforma la Ley General de Salud con la finalidad de instalar
lactarios en los centros de trabajo de los sectores público y privado.
Lo anterior, explicó la Diputada Federal
Raquel Jiménez Cerrillo, para favorecer a los bebés y a las madres de éstos, ya
que la leche materna contiene más de 500 diferentes sustancias que ninguna otra
fórmula láctea puede llegar a sustituir, lo que la convierte en un alimento
insustituible para el ser humano en su estado de lactancia.
Del acceso a la leche materna depende en
buena medida la maduración del sistema inmunológico que le permitirá al neonato
el desarrollo de las condiciones necesarias para protegerse contra enfermedades
infecciosas y alergias durante toda su vida.
Jiménez Cerillo explicó que según la Organización
Mundial de la Salud este tipo de leche disminuye hasta 25 veces las
posibilidades de morir por diarrea y hasta 9 veces la de morir por enfermedades
respiratorias en menores de un año de edad.
Además, destacó la legisladora, la lactancia
materna es uno de los principales vínculos que tiene en la vida el ser humano y
constituye el primer acto de socialización al que debe tener acceso cualquier
menor y que forma parte irremplazable de su proceso de humanización.
“En razón de lo anterior, es indispensable
aprobar el presente dictamen con la finalidad de adecuar el marco jurídico a
las necesidades que demandan principalmente las madres trabajadoras. Con el
impulso de la instalación de lactarios en los centros de trabajo de los
sectores, tanto públicos como privado, se estaría beneficiando no solamente al
hijo la madre trabajadora sino a ésta misma”
La UNICEF refiere que los lactarios son
ambientes donde las madres pueden extraer la leche materna y conservarla
adecuadamente, para que con posterioridad el hijo o la hija pueda ser
alimentado. El uso del servicio de lactarios es particularmente importante,
porque permite ejercer el derecho y la responsabilidad de la lactancia materna
dentro del ámbito laboral, en condiciones de calidad, calidez para las usuarias
y para los bebés.
La propuesta además señala que en un plazo
que no excederá de 180 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor
del presente decreto, la Secretaría de Salud (SSa) deberá establecer la
normatividad para la instalación y funcionamiento de los lactarios.
La propuesta fue turnada al Ejecutivo Federal
para sus efectos constitucionales.
--ooOOoo--
martes, 11 de noviembre de 2014
viernes, 17 de octubre de 2014
miércoles, 15 de octubre de 2014
viernes, 3 de octubre de 2014
miércoles, 13 de agosto de 2014
lunes, 23 de junio de 2014
miércoles, 4 de junio de 2014
Preocupante aumento de desapariciones en el país: Raquel Jiménez
Con el objetivo de
atacar y terminar con los casos de desaparición de personas, la diputada
federal por Querétaro, Raquel Jiménez Cerrillo, se reunión con expertos en la materia,
así como de la sociedad civil para enriquecer la iniciativa de Ley
General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Desaparición de
personas, misma que tiene como objetivo, que tanto la federación como los
estados acorde con la comunidad internacional cuente con mecanismos efectivos
para prevenirla y, en su caso, sancionarla y repararla.
Durante una mesa
de análisis y discusión de la propuesta de ley, Jiménez Cerrillo expresó que
“según lo reportado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía, con
base en la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad
Pública (ENVIPE) 2013; en 2012 se registraron a nivel nacional cuatro mil siete
desapariciones involuntarias”.
Recordó que en la
actualidad la desaparición de personas, no sólo se da por agentes de estado,
sino también entre particulares. Siendo que una desaparición, en
cualquiera de sus modalidades, constituye una de las violaciones más graves a
los derechos humanos que afecta la violación de otros derechos como:
•
El derecho a la seguridad y libertad personales;
•
El derecho a la dignidad de la persona
•
El derecho a la integridad personal, a no sufrir tortura o trato o pena cruel,
inhumana o degradante;
•
El derecho a la vida familiar y de amistad, y
•
Cuando la persona desaparecida es asesinada, el de derecho a la vida.
Es por ello, que
la iniciativa presentada en febrero de 2014 por la diputada Jiménez Cerrillo,
contempla prevenir la desaparición de personas, tipificar el delito, inhibir la
práctica de la desaparición de personas, no permitir y no tolerar ésta bajo
ninguna circunstancia incluyendo situaciones de posible emergencia, peligro,
disturbio público, catástrofe natural o cualquiera otra.
También propone
sancionar a los autores, cómplices y encubridores del delito; dar pleno
reconocimiento y efectividad a los derechos de las víctimas a la verdad, la
justicia y la reparación, conforme a lo que a este respecto establece la
normatividad aplicable; establecer las reglas para la investigación,
persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por los delitos
descritos en la presente Ley; y reparar el daño a las víctimas de desaparición
de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del
daño causado y a la afectación sufrida.
“Tenemos el
compromiso de legislar en la materia, sancionando la conducta delictiva de
Desaparición Forzada y Desaparición Cometida entre particulares, que cuenta con
elementos distintivos que la separan de las conductas penales que se contemplan
actualmente en nuestro Código Penal Federal, dentro del Libro Segundo, Titulo
Décimo Delitos Cometidos por Servidores Públicos, Capítulo III Bis Desaparición
Forzada de Personas”, apuntó Raquel Jiménez.
Apuntó que las
sanciones previstas son por el delito de desaparición forzada con penalidades
desde los 25 hasta los 50 años en prisión, así como el delito de desaparición
entre particulares va desde los 20 hasta los 50 años.
En su turno la
diputada Leticia López Landero, presidenta de la Comisión Especial de Trata de
Personas, se pronunció por trabajar conjuntamente entre autoridades para
frenar este mal que aqueja al país, “es necesario que todos los congresos
locales retomen este tema tan importante, nosotros cumplimos con nuestro
trabajo, pero necesitamos que los legisladores locales se pongan las pilas”.
La propuesta de
ley propone la persecución del delito por denuncia anónima, con el
propósito de que cualquier persona que conozca o se entere de la comisión de
este delito, se encuentre facultado de denunciarlo y con ello activar el órgano
jurisdiccional para que se investiguen los hechos presuntamente constitutivos
de delito, sin la necesidad de que sea denunciado por quien o quienes tiene el
derecho legal de denunciarlo, es decir el familiar directo o familiares de la
víctima, ya que existen casos en los que las víctimas no cuentan con
familiares”, puntualizó la diputada.
Para finalizar, la
legisladora por Querétaro aseguró: “Los temas humanos y humanistas no se vieron
reflejados en el Pacto por México, pareciera que el tema más importante
de nuestro país tuviera que ver con lo económico y lo político, en la medida en
que nos olvidemos del ser humano y del respeto a su dignidad, estaremos
perdiendo absolutamente todo lo demás y ningún sustento económico, ningún
soporte político será suficiente para regresarle a la sociedad y a cada
una de las personas que lo conforman su dignidad”.
A la mesa de
análisis asistieron la diputada Elizabeth Yáñez Robles, así como el maestro
Javier Hernández Valencia, representante del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas; el doctor Luis García López Guerrero, primer visitador de la CNDH;
maestro Alán García Campos, consultor jurídico de la oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas; maestro Santiago Corcuera Cabezut, miembro
del Comité sobre las desapariciones forzadas de la Organización de las Naciones
Unidas; licenciado Juan López Villanueva, asesor de la Asociación Civil Fuerzas
Unidas de Nuestros Desaparecidos, así como miembros de la sociedad civil.
–oo00oo–
Obligación del Estado proteger a ciudadanos del delito de desaparición forzada; 4 mil casos en 2012
04-06-2014.- El Estado tiene la obligación de proteger a las personas del ilícito de desaparición forzada, sea perpetrado por particulares o agentes estatales, ya que de esta grave violación a los derechos humanos se registraron cuatro mil casos en 2012, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Así lo afirmó la diputada Raquel Jiménez Cerrillo (PAN) ante representantes de la ONU y la CNDH en la mesa de análisis y discusión de la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar Sancionar y Reparar la Desaparición, que impulsan ella y su correligionario, José Alfredo Botello Montes, y que actualmente estudian la Comisión de Seguridad Pública, para dictaminarla, y la de Derechos Humanos, para su opinión.
La diputada por Querétaro acusó que en el contexto de desapariciones forzadas en el país se puede asumir que “la falta de investigación inmediata y seria por parte del Estado, hace pensar que la autoridad permite o al menos tolera” esta agresión.
Subrayó que una de las consecuencias más graves de la desaparición es que la persona queda completamente imposibilitada para ejercer sus derechos, y la comisión del acto no sólo afecta a la persona violentada, sino a sus familiares y a la sociedad en su conjunto.
Su complejidad, y los compromisos internacionales, obligan a que “tanto los Estados como la comunidad mundial cuenten con mecanismos para prevenir y, en su caso, sancionar y reparar la desaparición forzada”, dijo.
Es menester por tanto “adoptar medidas a nivel legislativo, administrativo y judicial, mediante la emisión de normas penales y el establecimiento de un sistema de justicia para prevenir, suprimir y castigar la participación de agentes e individuos en actos de desaparición involuntaria, y para investigarlos efectivamente”, enfatizó.
Recordó que si bien esta Ley General para Prevenir, Investigar Sancionar y Reparar la Desaparición ya es analizada en la comisión correspondiente, “los proceso legislativos nos permiten retirarla para hacer las adecuaciones y volver a presentarla”.
“Es algo que evaluaremos en el afán de entregar a la sociedad un documento que dé respuesta a todas sus necesidades en el tema”, concluyó.
La Ley en cuestión, detalló Jiménez Cerrillo, tiene como objetivo tipificar el delito de desaparición de personas; inhibir y no tolerar bajo ninguna circunstancia su práctica; sancionar a autores, cómplices y encubridores del delito; dar garantías y justicia a sus víctimas; establecer reglas para la investigación y persecución del ilícito y ejecución de las penas, y reparar el daño a las víctimas de manera integral.
Propone tipificar como agentes activos de Desaparición Forzada a funcionarios públicos o ciudadanos que actúen bajo sus órdenes o permiso, y como agentes de Desaparición entre Particulares a aquellos que no incluyan la participación de servidores del Estado; para quienes incurran en la primera modalidad, precisa penas de 25 a 50 años, y para la segunda de 20 a 50.
Por otra parte, propone la persecución del delito también por denuncia anónima, con el propósito de que cualquier persona que conozca o se entere de la comisión de ese ilicito, se encuentre facultado de manifestarlo.
Así también, incluye un capítulo sobre el procedimiento de Declaración de Ausencia por Desaparición, que deberá desahogarse ante la autoridad judicial, con el propósito de reconocer la personalidad jurídica de las víctimas, independientemente de que se conozca la identidad del responsable o del estado procesal del caso.
Urgen a aprobar y mejorar la norma
Javier Hernández Valencia, representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, urgió a acelerar el proceso de aprobación de esta Ley y a tomar en cuenta la voz de la sociedad civil, víctimas y familiares. Asimismo, a crear un escenario de conferencia parlamentaria y sinergia entre diputados y senadores, para optimizar los tiempos que marca la Carta Magna para apresurarla.
“Lo que las familias quieren es a sus familiares de vuelta, no una ley. Si esta garantiza que vuelvan sus seres queridos, bienvenida; pero si va a tardar demasiado, y la desaparición material no se ataca de manera frontal, vamos a defraudar el conjunto del proceso”, advirtió.
En tanto, el primer visitador de la CNDH, Luis García López Guerrero, hizo un llamado para fortalecer el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y Extraviadas, que dé respuesta a los señalamientos hechos por la instancia que representa y los organismos internacionales, y que sirva como herramienta adecuada para la localización de las víctimas.
Consideró de vital importancia que exista coordinación de datos de los distintos órganos de procuración de justicia con el fin de depurar, confirmar y ampliar los registros existentes, clasificarlos de acuerdo a los tipos de desaparición y diferenciarlos de los extravíos.
De la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, el consultor Alan García Campos consideró necesario prestar atención a las disposiciones constitucionales que se tomen en cuenta para emitir la ley, que será de naturaleza general.
Esta iniciativa “hace referencia a dos artículos de la Carta Magna, pero es un tema que debe blindarse adecuadamente porque lo peor que podría ocurrir es que se adoptara una legislación con alcances federales, estatales y municipales, que eventualmente sea desafiada por sus bases constitucionales”, explicó.
Asimismo, recomendó analizar temas como el fortalecimiento a los criterios para combatir la impunidad en el delito de desaparición forzada y la agilización de los vicios de investigación, en virtud de que esta ley aun es perfectible.
A su vez, Santiago Corcuera Cabezut, miembro del Comité Sobre las Desapariciones Forzadas de la ONU, sugirió modificar uno de los transitorios para especificar que en lugar de crear reglamentos en cada estado para la nueva ley, se aprueben normas locales que coincidan con que lo dispone.
Por otra parte, dijo, “no está claro si la tipificación será de carácter federal o no. Es necesario que en un transitorio se diga que todos los estados de la República tiene que tipificar la desaparición forzada en sus normas, y cumplirlo en un plazo de seis meses”.
Juan López Villanueva, de Fuerzas Unidas de Nuestros Desaparecidos, A.C., expuso que las familias de las víctimas están interesadas en la creación de una Fiscalía Especializada para personas desaparecidas y en la atracción por parte de la Federación de estos casos, por lo que se tiene que concentrar el esfuerzo en el tema.
Hizo hincapié en revisar el tema de las fosas comunes y panteones, para que los cuerpos no reclamados se conserven de manera que se tenga tiempo para identificarlos.
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miércoles, 21 de mayo de 2014
miércoles, 7 de mayo de 2014
lunes, 28 de abril de 2014
miércoles, 16 de abril de 2014
lunes, 14 de abril de 2014
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