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viernes, 8 de agosto de 2014

Incluimos en violencia laboral contra la mujer exigir certificado médico de no embarazo para ingresar o ascender en el empleo


Amigos:

En nuestra sesión ordinaria del 13 de marzo, los diputados aprobamos por unanimidad, con 393 votos a favor, un dictamen a fin de incluir en violencia laboral contra la mujer exigir la presentación de certificado médico de no embarazo para ingresar o ascender en un empleo.

Asimismo, despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.

El dictamen reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, surge de una iniciativa presentada el 14 de agosto de 2013 por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, de MC, y se turna al Senado para su análisis y eventual aprobación.

En su documento señalan que la violencia en razón de género es una de las principales barreras que las mujeres encuentran para incorporarse al ámbito laboral público o privado.

Enfrentan diversas situaciones como la doble jornada con discriminación salarial, acoso laboral o la exigencia de requisitos sobre el estado civil y la maternidad.

Los diputados sostienen que “no se puede seguir permitiendo que una mujer sea discriminada por ejercer su derecho a la reproducción” y aluden a diversos instrumentos internacionales en materia de derechos humanos.

Subrayan la necesidad de asegurar un marco jurídico, a fin de que las mujeres superen las barreras que enfrentan en el ámbito laboral con pleno reconocimiento a la igualdad y a la no discriminación, reconociendo sus derechos laborales.

Aseguran que su iniciativa también pretende erradicar por completo las prácticas empresariales de exigir a sus trabajadoras pruebas de embarazo como condición para el ingreso o para la permanencia en el empleo.

En el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se incluyen en los aspectos que constituyen violencia laboral “las conductas referidas en las fracciones XIV y XV del artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo”.

Ese artículo 133 establece que queda prohibido a los patrones o a sus representantes:

I. a XIII. ...

XIV. Exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo; y

XV. Despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.

domingo, 27 de julio de 2014

Avalamos que se promueva capacitación para lactancia materna y que se considere violencia laboral impedir el periodo de lactancia previsto en la ley

Amigos:

En el periodo ordinario pasado, en la sesión del 20 de febrero, aprobamos por unanimidad reformas a fin de que instituciones de salud promuevan la capacitación para la lactancia materna y que se considere como violencia laboral impedir a las mujeres trabajadoras llevar a cabo el período de lactancia previsto por la ley.

El dictamen fue aprobado por 418 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, y se turna al Ejecutivo federal para su promulgación.

El documento reforma la Ley General de Salud; la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional y la Ley del Seguro Social.

Asimismo, modifica la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Mediante las reformas avaladas se promueve la capacitación para la lactancia materna y que la leche materna sea alimento exclusivo durante seis meses y complementario hasta avanzado el segundo año de edad de los menores.

También se establece que las madres trabajadoras tendrán derecho a decidir entre contar con dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, o bien, un descanso extraordinario por día, de una hora para amamantar a sus hijos.

Dicho descanso extraordinario también podrá utilizarse para realizar la extracción manual de leche, en lugar adecuado e higiénico que designe la institución o dependencia.

Además, se modifica el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que sea considerado violencia laboral el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley.

La iniciativa de la cual deriva el dictamen fue presentada en 2010 por el entonces diputado Heladio Verver y Vargas Ramírez (PRD), aprobada en 2013 por el Senado, con modificaciones, y regresada a San Lázaro, que hoy la avaló y la turnó al Ejecutivo para su promulgación.

martes, 30 de julio de 2013

Avalamos 10 dictámenes que piden a distintos órdenes de gobierno acciones sobre equidad de género y combate a violencia y discriminación

Amigos:

En la Cámara de Diputados, los diputados aprobamos 10 dictámenes que piden a autoridades federales y estatales, así como a congresos locales acciones a favor de la equidad de género y combate a la violencia y la discriminación.

Los 10 dictámenes fueron avalados en paquete por la mayoría de los diputados en el Pleno, al ser considerados como puntos de acuerdo de urgente y obvia resolución.

Exhorto al Ejecutivo federal a que fortalezca los programas y mecanismos de atención para combatir la violencia contra las niñas y mujeres.

Solicitar a los congresos locales armonizar su legislación conforme a lo establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en el Código Penal Federal, en materia de Feminicidios.

Solicitar a la Procuraduría General de la República (PGR) que coadyuve con la Procuraduría de Tabasco en las investigaciones relacionadas con los asesinatos de adolescentes y mujeres en el municipio de Tacotalpa.

Exhortar a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa a aplicar las medidas necesarias para atender el creciente índice de feminicidios en la entidad.

A la PGR le pedimos que coadyuve con la Procuraduría estatal en las investigaciones relacionadas con los feminicidios presentados en Tula, Hidalgo.

Pedimos al gobernador de Querétaro y al Congreso local realizar los trabajos pertinentes para tipificar el delito de feminicidio.

Avalamos también exhortar a los Ejecutivos federal y estatales a establecer de manera corresponsable Centros de Justicia para Mujeres y para que sean reforzados en aquellas entidades donde ya existen.

También pedimos al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA) incrementar los apoyos a favor de las mujeres rurales.

Solicitamos que el gobierno federal revise las reglas de operación de los programas contenidos en el anexo “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2012.

Exhortamos a los congresos estatales a armonizar su legislación conforme a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de acceso pleno y permanencia de las mujeres en los cargos de elección popular.

martes, 23 de julio de 2013

Diputados avalamos dictamen para erradicar la discriminación de mujeres en materia agraria

Amigas y amigos:

Por este conducto les quiero informar que en la sesión ordinaria del 12 de marzo los diputados aprobamos, con 441 votos a favor, un dictamen que incluye a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

El documento, presentado por la Comisión de Equidad y Género, reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el propósito de erradicar la discriminación de mujeres en materia agraria.

Explica que en México pocas mujeres poseen la propiedad de las tierras agrícolas, lo que restringe su efectiva participación en las decisiones a nivel de la familia y de la comunidad, en asuntos fundamentales relacionados con la agricultura.

“Las mujeres que residen en zonas rurales alcanzan un Índice de Desarrollo Humano de 0.6896, mientras que los hombres logran un 0.7142. Los valores obtenidos en el medio urbano también muestran una brecha de género, con 0.7768 y 0.7955, respectivamente”, dice.

Se identifica que la violencia ejercida contra las mujeres del campo consiste en muchas ocasiones en que son presionadas para renunciar a sus derechos agrarios para transferirlos a un varón, agrega.

Por ello, propone que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano se sume a la eliminación de este tipo de violencia contra las mujeres.

Como parte del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, corresponderá a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano coordinar acciones que propicien la igualdad de oportunidades y la no discriminación de mujeres y de hombres en materia agraria.

Asimismo, deberá delinear, con una visión transversal, la política integral con perspectiva de género orientada a la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en las comunidades agrarias y ejidos, incluyendo a las de origen étnico.

Fomentará también la cultura de respeto a los derechos humanos de las mujeres que habitan en zonas rurales, incluyendo a las de origen étnico.

Diseñará y difundirá materiales que promuevan la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en los ejidos y comunidades agrarias.

Además deberá tomar medidas y realizar las acciones necesarias, en coordinación con las demás autoridades, para alcanzar los objetivos previstos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

También le corresponderá establecer, utilizar, supervisar y mantener todos los instrumentos y acciones encaminados al mejoramiento del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y su programa.