.

.

Mostrando entradas con la etiqueta 2° Periodo del 1er Año de la LXII Legislatura. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta 2° Periodo del 1er Año de la LXII Legislatura. Mostrar todas las entradas

domingo, 18 de agosto de 2013

Reformamos la Ley Federal del Trabajo para prohibir extracción de carbón en pozos o cuevas a profundidades menores de 100 metros, los llamados pocitos

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del 11 de abril, los diputados aprobamos reformar la Ley Federal del Trabajo para prohibir la extracción de carbón en pozos o cuevas a profundidades menores de 100 metros, en los llamados pocitos, y fijar prisión y multa económica por eventual muerte de trabajadores.

El dictamen modifica los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de esa ley, en relación con extracción de carbón, faenas subterráneas, riesgos de trabajos en minas, seguridad en extracción de carbón y actividades diversas relacionadas.

El documento lo elaboró la Comisión de Trabajo y Previsión Social tras analizar iniciativas de los diputados Adolfo Bonilla Gómez (PRI) y Mario Dávila Delgado (PAN), presentadas por separado en noviembre pasado.

En noviembre pasado el Congreso de la Unión aprobó, como iniciativa preferente, la reforma laboral, y ahora se plantean ajustes en lo que se refiere a los trabajos en minas de carbón.

El dictamen, que se envía al Senado de la República para su eventual ratificación, fue aprobado en lo general por 443 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, posteriormente se avalaron cuatro reservas (PAN, PVEM, PRI) con 327 votos a favor, 110 en contra y cero abstenciones.

En el artículo 343 A se establece que queda prohibido el trabajo en pozos o cuevas para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros o mediante el empleo de botes.

Asimismo, prohíbe el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros, entendiéndose por esto a los trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras se llevan a cabo sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas.

En los incisos III y IV del artículo 343-E se fija prisión de tres a seis años y multa de hasta cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, “cuando por omisiones en el cumplimiento de lo dispuesto en los propios artículos de la Ley del Trabajo y se produzca la muerte de uno o varios trabajadores”.

También establece prisión de seis a nueve años y multa de hasta 10 mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando muera uno o varios trabajadores por realizar trabajos de extracción de carbón mediante tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos carboneros.

Asimismo, cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas para este tipo de obras y donde no se observen, las medidas de seguridad que correspondan, para proteger la vida de los trabajadores.

Una de las reservas aprobadas se refiere al último párrafo del artículo 343-C para establecer que cuando un patrón de minero no cumpla con sus responsabilidades en caso de que haya un accidente, el titular de la concesión minera sea obligado subsidiario.

En el documento se asegura que las actividades mineras registran riesgos laborales generalizados en extracción de carbón, debido a que los procesos y técnicas son artesanales y rudimentarios, además de que omiten la normatividad en materia de seguridad.

Por esa razón, los riesgos en faenas subterráneas son frecuentes, especialmente cuando se utilizan explosivos o por la presencia de gases tóxicos, empleo de maquinas y equipos, aguas subterráneas y otros.

A estas circunstancias se suman factores humanos, las incipientes inversiones, dispersión geográfica, abandono, ausencia de tecnología, de licencias, permisos y autorizaciones legales, que incrementan los riesgos de trabajo.

Ante esa situación, se requiere minimizar o eliminar las prácticas mineras de elevado riesgo e implementar las medidas, programas y acciones para complementar, ampliar o adicionar, lo relativo a la seguridad minera y en la extracción de carbón en tiros verticales, cuevas y pozos carboneros.

Con estas medidas se pretende evitar y prevenir fatalidades o desgracias como el incidente que en 2006 dejó 65 muertos en la mina Pasta de Conchos, Coahuila, cuyos trabajadores demandaban incrementos salariales y revisión de las medidas de seguridad y salud precarias y obsoletas que prevalecían.

En el documento aprobado se señala la necesidad de que las empresas inviertan para modernizar el sector y que el Estado diseñe políticas adecuadas con una legislación clara.

jueves, 8 de agosto de 2013

En un informe preliminar de la Cámara de Diputados, se dio a conocer que en el Segundo Periodo de Sesiones del Primer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, que concluyó el 30 de abril, se aprobaron 107 decretos, 5 nuevas leyes y 8 reformas constitucionales.


Foto de Archivo


Se aprobaron 107 decretos, cinco nuevas leyes y ocho reformas constitucionales en el Segundo Periodo

Se efectuaron 28 sesiones ordinarias y tres solemnes

En el documento “Balance de los trabajos de la Cámara de Diputados durante el Segundo Periodo de Sesiones del Primer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura”, la Mesa Directiva turnó a comisiones 286 iniciativas de diputados, senadores, Ejecutivo federal y de congresos locales; 293 puntos de acuerdo, así como 55 minutas de la Cámara de Senadores.

Además, se conocieron 74 dictámenes con puntos de acuerdo y 43 proposiciones de acuerdo de la Junta de Coordinación Política, vinculadas con diversas materias, fueron aprobadas, así como el acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al calendario de sesiones, y el acuerdo de la Jucopo sobre la integración de la Permanente del Segundo Receso del Primer Año.

Se efectuaron 28 sesiones ordinarias, una de Congreso General y tres solemnes, una de ellas, con motivo del centenario de la muerte del Presidente Francisco I Madero y del Vicepresidente José María Pino Suárez, y de los asesinatos de Serapio Rendón, Gustavo A. Madero, Adolfo C. Gurrión y Belisario Domínguez.

Otra, para hacer entrega de la Medalla al Mérito Cooperativista y la Economía Social “Guillermo Álvarez Macías”, y una más para imponer la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, correspondiente al primer año, a Jacobo Zabludovsky Kraveski.

Durante este periodo que inició el primero de febrero pasado, la Cámara de Diputados aprobó, entre otros dictámenes, reformas constitucionales en materia de telecomunicaciones, cuyo propósito es sentar las bases para ubicar al país a la vanguardia en este campo dentro de un mundo globalizado.

Otra reforma fue para expedir la Ley de Amparo, que moderniza y adecua el juicio a los tiempos actuales para que la tramitación sea ágil, oportuna y fortalezca el interés público y la transparencia, y además garantice los derechos humanos.

Con reformas al artículo 27 de la Constitución Política, se acordó que los extranjeros puedan adquirir tierras cuando éstas sean exclusivamente para uso de vivienda sin fines comerciales, en la llamada área restringida, es decir, una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras, y de cincuenta en las playas.

Igualmente, se acordaron reformas a los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución Política, en materia de inmunidad de servidores públicos. Se establece que los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten durante el tiempo en el que desempeñen sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas.

Además, permite que los servidores públicos puedan ser sujetos de proceso penal, sin ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo.

La Cámara de Diputados avaló reformas al artículo 16 de la Constitución Política en materia de arraigo, que reduce el tiempo para la aplicación de esta figura y se imponen requisitos para su petición y otorgamiento.

Se avalaron cambios a la Constitución Política, para garantizar el derecho de los ciudadanos de poder ser votados en forma independiente en todos los cargos de elección popular, por lo que se deberán fijar las bases y requisitos para su registro.

También se facultó al Congreso de la Unión a expedir leyes en materia de atención y protección de los derechos de las víctimas, siempre que establezca la concurrencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios.

El Pleno ratificó la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, cuyo propósito es atender la demanda de forma eficiente, segura y sustentable, así como proveer energía a precios accesibles que coincidan con el crecimiento económico y la sostenibilidad.

Se expidió la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte, cuyo propósito es asegurar la práctica de la actividad física, la recreación y el deporte entre la sociedad.

De igual forma, se facultó al Ministerio Público Federal para que pueda atraer delitos del fuero común cometidos contra periodistas, personas o instalaciones, que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.

El Pleno reformó el artículo 27 de la Ley del Seguro Social, para homologar la integración del salario base de cotización con la base gravable del Impuesto sobre la Renta para personas físicas que presten servicios personales supervisados.

El dictamen que reforma la Ley General de Educación busca prevenir, detectar y atender el acoso escolar, maltrato físico o psicológico, conocido como bullying.

Se acordaron modificaciones a Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para proteger a los menores de las diversas modalidades de violencia física, psicológica o emocional, incluyendo las que se difunden en los medios electrónicos conocidas como el ciberbullying y el sexting, surgidas a raíz del uso de la telefonía celular y el Internet.

La Cámara de Diputados aprobó sancionar con multa de uno a 300 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, a quien en el ejercicio de funciones de autoridad escolar impida el ingreso, retenga documentación o condicione la permanencia de cualquier alumno en los centros de educación en los niveles básico o medio superior, a cambio de la entrega de contraprestaciones económicas en dinero o en especie.

También se aprobaron reformas en materia de aprovechamiento sustentable de energía, desarrollo social, energías renovables, equilibrio ecológico y medio ambiente, salud, ciencia y tecnología, perspectiva de género, acceso de las mujeres al financiamiento, bancos de sangre, sustancias psicotrópicas, promoción turística.

De igual modo, en lo relativo a la juventud, profesionalización de parteras, infracciones en materia de comercio, concepto de salud, medicamentos caducos, etiquetado de productos, prevención de la transmisión perinatal del VIH-Sida, cuota energética, proyectos de generación de electricidad, apoyos a la investigación, mitigación del cambio climático.

En este periodo, se acordaron reformas en el tema de cultivo de especies nativas, del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, traductores en lenguas indígenas, territorio insular, esponsales, información clara y adecuada en la publicidad de prestadores de servicios.

También, se aprobaron modificaciones en las facultades del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, características en la prestación de las quejas ante la CNDH, diagnóstico anual de reclusorios, inclusión en programas de cultura física y deporte, término preferencias sexuales, médico homeópatas y sobre suicidio.

En materia de seguridad vial y cuidado al medio ambiente, fortalecer proveeduría con el Gobierno Federal, asegurados y pensionados, información a víctimas, patrimonio cultural subacuático, aviación civil, zonas arqueologías y monumentos, migración y tala clandestina, entre otros.

Los diputados recibimos del Senado minuta para expedir legislación única de procedimientos penales y la turnamos a comisiones unidas

Amigos:

Les informo que el pasado 30 de abril, los diputados recibimos y turnamos a comisiones la minuta del Senado por la que se faculta al Congreso de la Unión para expedir una legislación única de procedimientos penales que regirá en todo el país, en fueros federal y común.

La minuta, que fue aprobada el pasado 29 de abril por el Senado y que reforma el artículo 73 constitucional, fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen.

La modificación establece que el Poder Legislativo federal tendrá facultad para expedir las leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.

Las leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las formas de coordinación entre la federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios.

Podrá también establecer los delitos y las faltas contra la Federación y las penas y sanciones que por ellos deban imponerse; así como legislar en materia de delincuencia organizada.

Las autoridades federales podrán conocer de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas, personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.
 
Nota: En el 1er periodo extraordinario de sesiones, los diputados aprobamos el dictamen.
 
Pueden consultar lo referente a dicha aprobación en la siguiente "entrada" de mi Blog.
 

Avalamos que se reproduzcan obras literarias y artísticas, sin autorización del autor, para hacerlas accesibles a personas con discapacidad auditiva, visual o ambas

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión ordinaria del 30 de abril,  los diputados aprobamos por unanimidad, con 460 votos a favor, que se puedan reproducir obras literarias y artísticas sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, para hacerlas accesibles a personas con discapacidad auditiva, visual o ambas.

El dictamen adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor, lo elaboró la Comisión de Cultura y Cinematografía tras modificar la minuta que envió el Senado y por lo tanto lo que el documento regresa a la cámara alta.

En el documento se manifiesta el beneficio que tendrán las personas con esa discapacidad debido a que para ellas es difícil tener acceso a material impreso o auditivo de obras literarias porque existen muy pocas editoras que producen este tipo de materiales en formatos especiales.

“Al establecer una excepción para divulgar una obra artística y literaria sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, genera una disminución al costo de producción de libros en braille y otros formatos, creando mayor apertura”, indica el texto.

Recuerda que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reporta que la segunda discapacidad en el país es la visual, luego de la motriz.

De los 112.3 millones de habitantes reportados en el 2010, 4.5 millones son discapacitados (cuatro por ciento) y 1.3 millones son de tipo visual (el 1.16 por ciento), cifra que se incrementó a 4.5 millones en el 2011.

El artículo 148 de la Ley Federal de Derechos de Autor establece que “las obras literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra, sólo en los siguientes casos”.

La adición del inciso VIII que se plantea señala:

La “reproducción, adaptación, y, en su caso, transformación de obras literarias o artísticas de manera total o parcial, sin fines de lucro, con el objeto de hacerlas accesibles en lenguajes, sistemas y otros modos, medios y formatos especiales a una persona con discapacidad auditiva, visual o ambas, siempre y cuando se realice a partir de una copia legalmente obtenida”.

Avalamos que la educación pública fomente aplicación responsable de innovaciones científicas y de Tecnologías de la Información y la Comunicación

Amigos y amigas:

Quiero informarles que en la última sesión del periodo pasado, los diputados aprobamos un dictamen por unanimidad, con 435 votos a favor, para que entre los objetivos de la educación impartida por el Estado se contemple el fomento a la aplicación responsable de las innovaciones científicas y tecnológicas.

Asimismo, para que la autoridad educativa federal tenga la responsabilidad de fijar lineamientos generales para el uso de las tecnologías aplicables al sistema educativo.

El dictamen reforma y adiciona los artículos 7, 12 y 14 de la Ley General de Educación, en materia de uso y regulación de tecnología en el sistema educativo nacional, deriva de una minuta enviada por el Senado en octubre de 2011 y tras su aprobación en San Lázaro se regresa a la cámara alta por los cambios que sufrió.

En el documento se establece que las autoridades educativas federales y locales deberán fomentar el uso responsable y seguro de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el sistema educativo.

Con esta medida se busca “apoyar el aprendizaje de los estudiantes, ampliar sus competencias para la vida y favorecer su inserción en la sociedad del conocimiento”, indica el texto.

“En el ámbito educativo, el uso adecuado de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) puede contribuir al acceso universal a la educación, a la equidad, a la labor y el desarrollo profesional de los educadores y a una dirección y administración eficiente del sistema educativo”, asevera.

Agrega que, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (Unesco), las TIC pueden contribuir al fortalecimiento y la gestión de la planificación educativa, ampliando el acceso al aprendizaje, mejorando la calidad y garantizando la integración.

No obstante, reconoce que el acceso a los distintos sistemas de comunicación puede acercar a los niñas, niños y jóvenes a diversos riesgos de los que pueden ser víctimas, como la discriminación, violencia, explotación sexual y pornografía.

Por ello, concluye, “es prioritario el establecimiento de dispositivos legales -desde los enfoques normativo y de políticas públicas- para enfrentar los aspectos relacionados con la Sociedad de la Información y Conocimiento, en especial del Internet y las redes sociales digitales”.

miércoles, 7 de agosto de 2013

Avalamos dictamen que impulsa educación inclusiva y establece en la Ley General de Educación el derecho a recibir enseñanza en condiciones de equidad

Amigos:

En la sesión del pasado 30 de abril, los diputados aprobamos por unanimidad, por 382 votos a favor, un dictamen para impulsar la educación inclusiva en el sistema nacional y establecer en la Ley General de Educación que todo individuo tiene derecho a recibir enseñanza en condiciones de equidad.

El proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación en materia de educación inclusiva, deviene de una minuta del Senado, modificada por la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de San Lázaro, por lo que se regresará a la cámara alta.

El dictamen establece en la legislación que todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso y permanencia en el sistema educativo.

Con este objeto, señala que las autoridades educativas deberán desarrollar programas de capacitación, asesoría y apoyo a los maestros que atiendan alumnos con discapacidad y aptitudes sobresalientes.

Dicha capacitación “promoverá el trato digno hacia estas personas por parte de los educadores; asimismo, desarrollará las habilidades necesarias para sensibilizar a la comunidad educativa sobre esta condición”, indica.

Agrega que la autoridad educativa federal también deberá editar los materiales educativos y libros de texto gratuitos en formatos accesibles.

Además, deberá garantizar que los planteles de educación básica regular cuenten con edificios e instalaciones accesibles, para favorecer la atención de personas con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de comportamiento o de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes.

Sin embargo, esto no cancelará su posibilidad de acceder a escuelas de educación especial.

El dictamen plantea, asimismo, que entre los fines de la educación que imparta el Estado se incluya fomentar la valoración de la diversidad y la cultura de inclusión como condiciones para el enriquecimiento social y cultural.

También proyecta que las instituciones del sistema educativo nacional impartan enseñanza de manera que permita al estudiante su plena inclusión y participación en la sociedad.

Propone también que las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, que tengan como objeto la promoción y el fomento educativo, puedan impartir educación y obtengan apoyo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para capacitar a su personal.

Presentamos, diputados de los siete grupos parlamentarios iniciativa de reforma constitucional para regular la deuda de estados y municipios

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del 30 de abril, diputados de los siete grupos parlamentarios presentamos una iniciativa de reforma constitucional para regular la deuda de estados y municipios, que recoge en buena parte el contenido de la minuta que aprobó el Senado de la República el pasado el pasado 16 de abril.

La iniciativa figuró en el orden del día y poco antes de concluir la sesión se turnó a comisiones para su dictaminación.

Con ello, se busca cumplir con la Carta Magna en su artículo 72 inciso H, que faculta sólo a la Cámara de Diputados para iniciar leyes en materia de empréstitos, tras el diferendo que surgió luego que la cámara alta procesó el documento que envió a San Lázaro.

Este apartado señala que “la formación de las leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre el reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados”.

En la sesión se destacó que esta iniciativa seguirá el proceso legislativo correspondiente y se consideró un signo y mensaje positivo que se esté corrigiendo el procedimiento y al mismo tiempo se construya un entendimiento respetuoso con los senadores.

El presidente de la Cámara de Diputados, Francisco Arroyo Vieyra, explicó que la iniciativa se dio gracias a un esfuerzo de conciliación entre todos los grupos parlamentarios.

La iniciativa que reforma los artículos 74, 79,108, 116, y 117 constitucionales y está signada por los diputados del PRI Marco Antonio Bernal Gutiérrez, José Manzur Quiroga, Manuel Añorve Baños, por Jorge Iván Villalobos Seáñez del PAN y Miguel Alonso Raya (PRD).

También por Arturo Escobar y Vega y Tomás Torres Mercado (PVEM), Ricardo Mejía Berdeja (MC) Lilia Aguilar Gil (PT) y María Sanjuana Cerda Franco (NA).

En la exposición de motivos se señala que en los últimos años los recursos que distribuye el gobierno federal y los que generan los estados y municipios no son suficientes para atender las necesidades de la población.

Por esa razón, agrega, las entidades y municipios han tenido que hacer uso del endeudamiento cada vez más para realizar inversiones en infraestructura.

“El endeudamiento de los estados y municipios de México, que ha crecido en los últimos años, lleva a un urgente replanteamiento sobre el manejo responsable de las finanzas públicas”, precisa.

De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entre 2000 y junio de 2012, la deuda de estados y municipios aumentó el doble que sus ingresos.

Esta situación puso a muchos de ellos en riesgo de insolvencia financiera, limitó sus posibilidades de endeudarse para proyectos realmente necesarios y paralizó a algunos por la falta de liquidez ante sus proveedores.

En los últimos 12 años la deuda de estados y municipios aumentó en más de 130 por ciento.

Más del 50 por ciento de esos recursos fueron erogados en los últimos cuatro años, sin que se conozca con el suficiente detalle el destino de los mismos, las tasas a las que fueron contraídos cada uno de esos créditos y las razones que justificaron su contratación.

Se subraya que la iniciativa en comento busca garantizar el uso responsable de la contratación de financiamiento dentro o fuera del país; créditos, empréstitos o préstamos para los gobiernos estatales y municipales, así como de su administración transparente.

“Tenemos la oportunidad de fortalecer el marco normativo dentro del respeto del federalismo de nuestro país, por ello esta iniciativa se orienta a fijar límites muy claros y precisos al endeudamiento de estados y municipios, que contribuirá a disminuir el costo de la deuda al que cada vez acceden más”, dice el documento.

martes, 6 de agosto de 2013

Aprobamos dictamen para adecuar la Ley General de Educación a reforma constitucional que en 2012 estableció carácter obligatorio de educación media superior

Amigas y amigos:

Por este medio quiero informarles que en la última sesión del periodo ordinario pasado aprobamos el dictamen de una minuta del Senado para adecuar la Ley General de Educación a la reforma del artículo 30 constitucional, que establece el carácter obligatorio de la educación media superior, y la envía al Ejecutivo federal para su promulgación.

El dictamen fue avalado por 430 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones.

Esa reforma al artículo 30 constitucional se publicó el 9 de febrero de 2012 y especifica la obligación del Congreso de la Unión y las legislaturas estatales de realizar las adecuaciones correspondientes y demás disposiciones legales aplicables en la materia, dentro de los 180 días siguientes a la publicación del decreto.

El documento establece que en la última década la matrícula en educación media superior creció a una tasa media anual de 3.3 por ciento y en el ciclo 2011-2012 alcanzó los 4.3 millones de alumnos, pero en el 2007 sólo el 47 por ciento de los inscritos concluyó esos estudios.

También señala la falta de compatibilidad entre opciones y la ausencia de coordinación entre instancias que las ofrecen.

“Aunque existen similitudes entre las categorías y opciones administradas por el gobierno federal y las que ofrecen las entidades federativas, lo cierto es que cada institución tiene disposiciones normativas propias y opera, al menos, un plan de estudios distinto, además, “no hay vínculo y comunicación entre instituciones”, afirma.

Por esa razón, la reforma presentada no pretende crear una plataforma curricular única aplicable a todas las instituciones de educación media superior.

Se plantea un mecanismo que posibilite un marco curricular común que defina un perfil de quien concluye este nivel educativo y que, de manera transversal, permee los sistemas de bachillerato tecnológico, bachillerato general y bachillerato profesional técnico, con respeto a características, modalidades y localidad.

El dictamen reforma los artículos 3o.; 4o., segundo párrafo; 9o.; 37, segundo párrafo; 65, primer párrafo de la fracción I; y 66, fracción I; y se adicionan la fracción IX Bis al artículo 12; y la fracción VI Bis al artículo 13, todos de la Ley General de Educación.

En los artículos tercer, cuarto, noveno, 65 y 66, se incluye el término de la educación media superior, respecto a la obligación que tiene el Estado de impartir este nivel de estudios y la obligación de los mexicanos para hacer que los menores lo cursen.

Se adiciona el inciso IX Bis al artículo 12, respecto a las atribuciones de la autoridad educativa federal, para incluir que le corresponde “coordinar un sistema de educación media superior a nivel nacional que establezca un marco curricular común para este tipo educativo, con respeto al federalismo, la autonomía universitaria y la diversidad educativa”.

También adiciona el inciso VI Bis al artículo 13, sobre las competencias de las autoridades educativas locales, para señalar las atribuciones de “participar en la integración y operación de un sistema nacional de educación media superior que establezca un marco curricular común para este tipo educativo, con respeto a la autonomía universitaria y la diversidad educativa”.

En el artículo 37, respecto a la educación media superior y sus equivalentes, se agrega que “se organizará, bajo el principio de respeto a la diversidad, a través de un sistema que establezca un marco curricular común a nivel nacional y la revalidación y reconocimiento de estudios entre las opciones que ofrece este tipo educativo”.  

Les comparto el dictamen completo para su consulta.

En el segundo periodo ordinario de sesiones los diputados aprobamos 107 decretos, cinco nuevas leyes y ocho reformas constitucionales


Amigos:

Quiero informarles que en la Cámara de Diputados aprobamos 107 decretos, cinco nuevas leyes y ocho reformas constitucionales, durante el segundo periodo de sesiones ordinarias, del primer año de ejercicio de la LXII Legislatura, del 1 de febrero al 30 de abril.

Entre estas reformas figuran la nueva Ley de Amparo, el acotamiento del fuero constitucional para servidores públicos, la reforma a la Ley General de Víctimas, la ratificación de la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027 y las reformas constitucionales en materia de telecomunicaciones y arraigo.

En un total de 32 sesiones (28 ordinarias, tres solemnes y una de Congreso General para la apertura del periodo), la Mesa Directiva de la Cámara Baja dio trámite a 286 iniciativas, una del Ejecutivo federal, siete de senadores, 10 de congresos locales y 268 de diputados, así como 55 minutas del Senado.

En un balance de trabajo legislativo del periodo, les informó que el tiempo acumulado en que estuvo activo el Pleno llegó a las 158 horas con 42 minutos.

También se presentaron ante el Pleno 293 puntos de acuerdo, 272 se turnaron a comisiones, 20 a órganos de gobierno, uno a la Cámara de Senadores y 23 se aprobaron luego de ser considerados como de urgente resolución, agregó el reporte.

Las tres sesiones solemnes que se efectuaron tuvieron por motivo el Centenario de la muerte del presidente Francisco I. Madero y del vicepresidente José María Pino Suárez, y de los asesinatos de Serapio Rendón, Gustavo A. Madero, Adolfo C. Gurrión y Belisario Domínguez.

Asimismo, la entrega de la Medalla al Mérito Cooperativista y la Economía Social “Guillermo Álvarez Macías”; y la de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri. Legisladores de 1913”, al periodista Jacobo Zabludovsky Kraveski.

En este periodo de receso les estaré informando de toda mi actividad en Sán Lázaro del primer año legislativo de la LXII Legislatura.

Proyecto de Decreto que Reforma artículos de la Constitución en materia de Arraigo


Aprobamos, en lo general y lo particular, la reforma constitucional para disminuir el arraigo de 80 a 35 días y pasa al Senado de la República

Amigos:

Les quiero comentar que en la última sesión del periodo, los diputados aprobamos, en lo general y en lo particular, un dictamen que reforma el artículo 16 de la Constitución para reforzar los requisitos de la figura cautelar del arraigo y reducir su tiempo máximo de aplicación de 80 a 35 días.

El documento fue avalado en lo general por 389 votos a favor, 32 en contra y 14 abstenciones y posteriormente se fueron desechando las reservas que se presentaron en lo particular. Se turna al Senado para su eventual ratificación.

El dictamen toma como eje rector la iniciativa presentada por los diputados Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI), Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), nuestro coordinador, Luis Alberto Villarreal García y mi compañera de AN, Consuelo Argüelles Loya y suscrita por otros legisladores el pasado 9 de abril.

El documento señala que la autoridad judicial, a petición del Ministerio Público, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, hasta por un plazo de 20 días, que podrá prorrogarse sin que la duración total de la medida exceda 35 días, en lugar de los 40 y 40 días de ahora.

También estipula que sólo procederá el arraigo cuando se acredite la existencia de indicios suficientes que vinculen a la persona con delitos de delincuencia organizada, esto es, cuando sea parte de un conjunto de tres o más personas que cometa delitos en forma permanente o reiterada.

“Esta medida será procedente siempre que durante su subsistencia puedan allegarse mayores elementos probatorios en la investigación y se proteja la vida, la integridad de las personas, bienes jurídicos o se evite que el indiciado se sustraiga a la acción de la justicia cuando exista riesgo fundado de ello”, agrega el texto.

También establece que los organismos de protección de los derechos humanos deberán revisar en todo momento la aplicación de esta medida a solicitud de la persona sujeta a ella o su representante y visitar los lugares de arraigo.

Asimismo, en los casos donde el imputado esté siendo procesado, o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso, el plazo de 48 horas que tiene el Ministerio Público para ordenar su libertad o ponerlo a disposición de la autoridad judicial se ampliará 72 horas adicionales, en prisión preventiva.

Sin embargo, “la autorización de esta medida hará improcedente la solicitud posterior del arraigo”, especifica.

En las consideraciones del dictamen se expone que este aumento de 72 horas de retención “ayudará a que paulatinamente se derogue la medida cautelar del arraigo, permitiendo un adecuado equilibrio procesal entre el respeto a los derechos humanos de los justiciables y la debida investigación ministerial”.

Se recuerda que la figura del arraigo, que originalmente pretendía que la persona imputada no se alejara del lugar donde se estuviera ventilando el juicio, ha sido seriamente cuestionada, pues de ser una medida excepcional se convirtió en una medida común, con una duración de hasta 80 días.

Aprobamos implementar programas y acciones para prevenir y atender el acoso escolar o maltrato físico o psicológico entre los estudiantes

Amigos:

Los diputados federales aprobamos en la Cámara de Diputados el 29 de abril, por unanimidad, con 438 votos a favor, reformar la Ley General de Educación a fin de implementar programas y acciones para prevenir, detectar y atender el acoso escolar o maltrato físico o psicológico entre y hacia los estudiantes.

Dichos programas deberán incluir a todas las personas involucradas en el entorno escolar y se establecerán en los reglamentos escolares las medidas necesarias para su atención y solución.

Se establece que en la Ley General de Educación se apruebe una sección denominada: De la seguridad escolar, en la cual se contempla la regulación de la protección de los alumnos contra cualquier tipo de violencia.

El dictamen surge de tres iniciativas presentadas entre septiembre y diciembre de 2012 por los diputados María del Rocío Corona Nakamura (PRI), María Isabel Ortiz Mantilla (PAN) y Marina Garay Cabada (PRI).

En las consideraciones se expone que el acoso, la violencia y la discriminación escolar son conductas que laceran la dignidad humana e inhiben los fines de la educación.

Se subraya que este tipo de violencia, más conocido por la expresión inglesa “bullying”, constituye un grave problema educativo sobre el que poco se ha regulado en nuestro ordenamiento jurídico nacional.

El acoso escolar se manifiesta a través de comportamientos como los insultos, apodos, sobrenombres, golpes, agresiones directas, robos, amenazas, rumores, la exclusión o el aislamiento social.

Se señala que los daños que dichas conductas pueden ocasionar son muy variados, ya que muchas veces motivan el abandono de los estudios, causan apatía, baja autoestima, estrés social, ansiedad, depresión, trastornos psicológicos o, incluso, como se ha comentado, conductas que llevan al suicidio.

El dictamen fue turnado al Senado de la República para sus efectos constitucionales

Los diputados aprobamos reforma para proteger derechos de menores y promover convivencia libre de violencia, incluso a través de medios electrónicos

Amigos:

Les quiero informar que en la penúltima sesión ordinaria del periodo, los diputados aprobamos por unanimidad un dictamen que reforma la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y adolescentes y promueve la convivencia libre de violencia, incluyendo la que se manifiesta a través de medios electrónicos.

El documento, avalado con 440 votos a favor, establece que con el avance tecnológico, los fenómenos conocidos como cyberbullying y sexting (formas de acoso que se presentan a través de Internet, telefonía móvil, mensajería instantánea, entre otros medios), aumentan en frecuencia e intensidad.

El documento propuesto por las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Derechos de la Niñez, reforma el artículo 32, inciso d), de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; es turnado al Senado de la República para su ratificación.

Señala que el objetivo es garantizar el bienestar y un desarrollo pleno e integral de ese sector de la población, además de impulsar la oportunidad de formarse física, mental y emocionalmente.

También indica que se debe promover la enseñanza y respeto de los derechos humanos, en especial la no discriminación y la convivencia sin violencia, incluyendo aquélla que se manifiesta y promueve a través de los medios como Internet, teléfonos celulares, tabletas, etcétera.

Advierte que primero fue el ciberbullying, luego la transmisión de peleas por Internet y actualmente uno de los mayores riesgos para un adolescente es ser víctima del sexting.

Explica que esta conducta ha proliferado entre los adolescentes y jóvenes, quienes han encontrado en el intercambio de mensajes de texto, una manera más fácil de comunicación o de establecer relaciones sociales.

El dictamen indica que los efectos negativos no son exclusivos del individuo y de su familia, sino que suelen extenderse hasta otros ambientes y contextos aun sin ser parte del fenómeno.

Estas consecuencias en el ámbito escolar, suelen producir mayores índices de trastornos afectivos y de conducta en los estudiantes y en su entorno, advierte.

Aprobamos incrementar sanciones para quienes atenten contra obras consideradas monumentos artísticos, actualizamos multas por estos delitos

Amigos:

El 29 de abril aprobamos incrementar las sanciones para quienes atenten contra obras consideradas monumentos artísticos y actualizar las multas económicas para estos delitos, estableciéndolas en salarios mínimos vigentes.

El dictamen, aprobado por unanimidad, con 439 votos a favor, reforma diversos artículos de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, busca modificar el marco jurídico para salvaguardar el patrimonio cultural de México.

El documento deriva de una iniciativa presentada en 2011 por la entonces diputada Kenia López Rabadán (PAN).

“El marco jurídico debe sujetarse a actualización, y ser de carácter abarcador y comprensivo, incluyente de las obras y testimonios de todas las épocas de nuestra historia, además de las creaciones y los vestigios humanos que revisten un interés científico y contribuyen al conocimiento de la historia de México”, señala.

Indica que los peligros que corren los bienes patrimonio cultural de México son muy diversos, “como el robo, el saqueo, el vandalismo y la exportación no autorizada de bienes muebles, ya sea para efectos de tráfico ilícito o bien para colecciones personales”.

Entre otras disposiciones, el dictamen instaura prisión de tres a 10 años y multa de 100 a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal (de seis mil 476 a 194 mil 280 pesos) a quien realice trabajos de exploración arqueológica sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).

Este delito, actualmente, está sancionado con prisión de uno a 10 años y multa de 100 a 10 mil pesos.

Asimismo, establece que quien ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico histórico o artístico, se le impondrá prisión de tres a 12 años y multa de mil a tres mil días de salario mínimo general.

Además, quien dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de cinco a 12 años, multa de mil a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal y el cargo del costo de la reparación del daño causado.

También señala que a quien pretenda sacar o saque del país un monumento arqueológico, artístico o histórico, sin permiso del INAH, se le impondrá prisión de cinco a 12 años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.

Finalmente, cualquier persona que introduzca al territorio nacional bienes culturales considerados como patrimonio cultural por el país de origen, sin permiso de las autoridades competentes, se hará acreedor a prisión de tres a 12 años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.

El dictamen aprobado fue enviado al Senado de la República para su discusión y eventual ratificación.

Avalamos dictamen que promueve transición energética y uso de energías renovables en inmuebles de la administración pública federal

Amigos:

En la sesión del 29 de abril, aprobamos por unanimidad, con 440 votos a favor, un dictamen para promover la transición energética y el uso de energías renovables en inmuebles de la administración pública federal, de acuerdo con sus características geográficas, técnicas y económicas.

El dictamen de la minuta que envió el Senado lo presentó al Pleno la Comisión de Energía, adiciona la fracción VIII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, y se turna al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

Señala que es indispensable la existencia de un instrumento jurídico adecuado para impulsar en México el uso de energías alternativas a los hidrocarburos y otros energéticos que, además de escasos y costosos, resultan altamente dañinos al medio ambiente.

En el documento se reconoce que el país cuenta con un potencial importante en materia de energías renovables, como son la eólica, solar, maremotriz y otras, y que éstas no han sido desarrolladas ni aprovechadas de manera suficiente.

En este sentido, agrega, resulta pertinente que las dependencias de la administración pública federal utilicen en sus inmuebles dichas energías, en la medida de las características de cada uno de ellos, de su ubicación y de las posibilidades técnicas y financieras.

Resaltarse que dichos aspectos constituyeron algunas de las razones por las que se realizaron diversas modificaciones al marco regulatorio en materia de energía que se llevó a cabo en 2008.

Impulsamos la creación del Servicio Profesional de Carrera Migratoria en el Instituto Nacional de Migración

Amigos:

Les informo que el pasado 29 de abril, los diputados aprobamos por unanimidad, por 432 votos a favor, un dictamen que crea el Servicio Profesional de Carrera Migratoria en el Instituto Nacional de Migración (INM) para mejorar la preparación de los servidores que vigilan el tránsito de los migrantes que pasan por el país.

El dictamen, que reforma los artículos 3 y 25 de la Ley de Migración, define el Servicio Profesional de Carrera Migratoria como un mecanismo que garantiza la igualdad de oportunidades para el ingreso, permanencia y desarrollo de los servidores públicos con cargos de confianza del INM.

El documento establece que la falta de perfiles adecuados entre el personal encargado del tema migratorio “ha generado no solamente corrupción, sino también el maltrato a los derechos humanos de los migrantes, que por miles pasan por nuestro país”.

Se afirma que por esa razón se requiere de la profesionalización y certificación del personal involucrado, con las adecuaciones que se integran a la Ley de Migración.

Establece que el personal del servicio profesional deberá cursar y aprobar los programas de formación, capacitación y profesionalización, incluyendo normatividad en materia migratoria y derechos humanos, y contar con la certificación respectiva.

El Senado envió a la Cámara de Diputados la minuta y tras la aprobación del dictamen en San Lázaro se turnó al Ejecutivo federal para su promulgación.

Sancionaremos con multas a quien condicione la educación pública gratuita y pida contraprestaciones económicas en dinero o en especie

Amigos:

Los diputados federales aprobamos reformar el Código Penal Federal para establecer como delito y sancionar con multa el impedir el ingreso o condicionar la permanencia de un estudiante a cambio de contraprestaciones económicas en dinero o en especie.

El dictamen, aprobado por 380 votos a favor, 50 en contra y 12 abstenciones, surge de una iniciativa presentada el 6 de febrero de 2013 por el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM), adiciona un artículo 215 Bis al Código Penal Federal y establece multas de uno a 300 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

Se expone que la reforma permitirá el ejercicio pleno del derecho a la educación, mayor equidad educativa e igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos, sancionando a quienes soliciten contraprestaciones económicas en dinero o en especie por ese servicio (cuotas).

“Elevar la conducta que motiva esta iniciativa a tipo penal, traerá como consecuencia la reflexión de los posibles sujetos activos, al existir una medida coercitiva para quien cometa este delito y se abstengan de llevarlo a cabo”, señala.

Se expone que la gratuidad de la educación se establece en la fracción IV del artículo tercero que a la letra dice:

“Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, estados, Distrito Federal y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.

En ese sentido, la Ley General de Educación señala en la fracción IV del artículo 65 que las asociaciones de padres de familia tienen la atribución de reunir fondos con aportaciones “voluntarias” de sus miembros.

El dictamen fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.

lunes, 5 de agosto de 2013

Avalamos efectuar plan para el manejo de baterías que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo o zinc

Amigos:

Les quiero informar que el 29 de abril aprobamos un dictamen para efectuar un plan de manejo para baterías que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo o zinc, cuyo desecho produce efectos perjudiciales en el medio ambiente y los recursos naturales.

El documento, aprobado por 400 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, reforma y adiciona artículos de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, deviene de una iniciativa presentada en marzo de 2008, por el entonces senador Silvano Aureoles Conejo (PRD).

El dictamen aprobado fue devuelto con modificaciones al Senado de la República.

El documento ubica dentro de los residuos de manejo especial a las pilas que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo, zinc, o cualquier otro elemento que permita la generación de energía en las mismas, en los niveles que no sean considerados como residuos peligrosos en la Norma Oficial Mexicana.

Asimismo, instaura como facultad de la federación elaborar el Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial, y su instrumentación, en conjunto con las entidades federativas y municipios.

Instituye también que los estados y municipios deberán elaborar e instrumentar los programas locales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, de conformidad con la legislación vigente.

Además, indica que los grandes generadores y los productores, importadores, exportadores y distribuidores de pilas y baterías eléctricas estarán obligados a la formulación y ejecución de planes de manejo de estos productos como residuos especiales.

El documento explica que en México se comercializan cada año aproximadamente 600 millones de pilas y baterías primarias, lo que representa un consumo anual promedio de seis pilas por habitante, sin considerar las que vienen incluidas en los aparatos nuevos.

Expone que el mercado informal en México, al paso de los años, ha elevado su presencia para la venta de productos, llegando a representar 50 por ciento del total de pilas vendidas, lo que conlleva excesiva generación de residuos con vida útil corta, derivada de su mala calidad.

Por ello, señala la necesidad de establecer mecanismos y especificaciones para el adecuado manejo de este tipo de residuos.

Aprobamos reformas a Ley General de Protección Civil para incluir riesgos provocados por meteoritos, asteroides y tormentas solares

Amigos:

Les quiero informar que en la sesión del 29 de abril, los diputados aprobamos reformar la Ley General de Protección Civil a fin de actualizar, términos, normas y sistemas de protección civil que incluyan riesgos provocados por fenómenos espaciales, como meteoritos, asteroides y tormentas solares.

El dictamen, que fue aprobado por 402 votos a favor, cero en contra y una a favor, reforma los artículos 2o. y 82 de esa ley y fue turnado al Senado de la República para su eventual ratificación.

Señala que mediante la inclusión de términos relacionados con la perturbación y posibles desastres causados por fenómenos astronómicos, se generará un marco jurídico que facilite prever y atender sus efectos nocivos.

La iniciativa, que presentó el diputado Andrés Eloy Martínez Rojas (PRD) el 27 de febrero de 2013, señala como necesaria la modernización del Sistema Nacional de Protección Civil, ante el riesgo latente sobre la población.

El documento advierte que los fenómenos espaciales son proclives a causar daños severos a las personas y a los sistemas de comunicación e información, dado que las sociedades modernas cuentan con tecnologías e infraestructuras especialmente vulnerables a los fenómenos astronómicos.

Añade que Estados Unidos, Reino Unido, Rusia y España, ya han llevado a cabo acciones para adaptar, en distinto grado, sus respectivas normativas y sistemas de protección civil para incluir los riesgos provocados por los fenómenos espaciales.

Para el caso de México, la incorporación de todos estos nuevos elementos en la normatividad vigente implica necesariamente adecuar las herramientas legales y estrategias, tanto de la Coordinación General de Protección Civil como del Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred).

El texto define como fenómeno astronómico al “agente perturbador que se genera por la actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasiona fenómenos destructivos, como pueden ser tormentas magnéticas solares y meteoritos”.
El dictamen señala que actualmente la Ley General de Protección Civil no incorpora de manera explícita los fenómenos espaciales como posibles causantes de lesiones a la integridad física de las personas.