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viernes, 6 de septiembre de 2013
domingo, 18 de agosto de 2013
Reformamos la Ley Federal del Trabajo para prohibir extracción de carbón en pozos o cuevas a profundidades menores de 100 metros, los llamados pocitos
Amigos:
Les
quiero informar que en la sesión del 11 de abril, los diputados aprobamos reformar
la Ley Federal del Trabajo para prohibir la extracción de carbón en pozos o
cuevas a profundidades menores de 100 metros, en los llamados pocitos, y fijar
prisión y multa económica por eventual muerte de trabajadores.
El
dictamen modifica los artículos 343-A, 343-C, 343-D y 343-E de esa ley, en
relación con extracción de carbón, faenas subterráneas, riesgos de trabajos en
minas, seguridad en extracción de carbón y actividades diversas relacionadas.
El
documento lo elaboró la Comisión de Trabajo y Previsión Social tras analizar
iniciativas de los diputados Adolfo Bonilla Gómez (PRI) y Mario Dávila Delgado
(PAN), presentadas por separado en noviembre pasado.
En
noviembre pasado el Congreso de la Unión aprobó, como iniciativa preferente, la
reforma laboral, y ahora se plantean ajustes en lo que se refiere a los trabajos
en minas de carbón.
El
dictamen, que se envía al Senado de la República para su eventual ratificación,
fue aprobado en lo general por 443 votos a favor, cero en contra y tres
abstenciones, posteriormente se avalaron cuatro reservas (PAN, PVEM, PRI) con
327 votos a favor, 110 en contra y cero abstenciones.
En
el artículo 343 A se establece que queda prohibido el trabajo en pozos o cuevas
para la extracción de carbón, a profundidades menores de 100 metros o mediante
el empleo de botes.
Asimismo,
prohíbe el trabajo en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros,
entendiéndose por esto a los trabajos de extracción de carbón en tiros
verticales en forma artesanal, en donde las actividades mineras se llevan a
cabo sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones requeridas.
En
los incisos III y IV del artículo 343-E se fija prisión de tres a seis años y
multa de hasta cinco mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito
Federal, “cuando por omisiones en el cumplimiento de lo dispuesto en los
propios artículos de la Ley del Trabajo y se produzca la muerte de uno o varios
trabajadores”.
También
establece prisión de seis a nueve años y multa de hasta 10 mil veces el salario
mínimo general vigente en el Distrito Federal, cuando muera uno o varios
trabajadores por realizar trabajos de extracción de carbón mediante tiros
verticales a profundidades menores de 100 metros y en cuevas y pozos
carboneros.
Asimismo,
cuando se realicen trabajos de extracción de carbón en tiros verticales en
forma artesanal, sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones
requeridas para este tipo de obras y donde no se observen, las medidas de
seguridad que correspondan, para proteger la vida de los trabajadores.
Una
de las reservas aprobadas se refiere al último párrafo del artículo 343-C para
establecer que cuando un patrón de minero no cumpla con sus responsabilidades
en caso de que haya un accidente, el titular de la concesión minera sea
obligado subsidiario.
En
el documento se asegura que las actividades mineras registran riesgos laborales
generalizados en extracción de carbón, debido a que los procesos y técnicas son
artesanales y rudimentarios, además de que omiten la normatividad en materia de
seguridad.
Por
esa razón, los riesgos en faenas subterráneas son frecuentes, especialmente
cuando se utilizan explosivos o por la presencia de gases tóxicos, empleo de
maquinas y equipos, aguas subterráneas y otros.
A
estas circunstancias se suman factores humanos, las incipientes inversiones,
dispersión geográfica, abandono, ausencia de tecnología, de licencias, permisos
y autorizaciones legales, que incrementan los riesgos de trabajo.
Ante
esa situación, se requiere minimizar o eliminar las prácticas mineras de
elevado riesgo e implementar las medidas, programas y acciones para
complementar, ampliar o adicionar, lo relativo a la seguridad minera y en la
extracción de carbón en tiros verticales, cuevas y pozos carboneros.
Con
estas medidas se pretende evitar y prevenir fatalidades o desgracias como el
incidente que en 2006 dejó 65 muertos en la mina Pasta de Conchos, Coahuila,
cuyos trabajadores demandaban incrementos salariales y revisión de las medidas
de seguridad y salud precarias y obsoletas que prevalecían.
En
el documento aprobado se señala la necesidad de que las empresas inviertan para
modernizar el sector y que el Estado diseñe políticas adecuadas con una
legislación clara.
jueves, 8 de agosto de 2013
En un informe preliminar de la Cámara de Diputados, se dio a conocer que en el Segundo Periodo de Sesiones del Primer Año de Ejercicio de la LXII Legislatura, que concluyó el 30 de abril, se aprobaron 107 decretos, 5 nuevas leyes y 8 reformas constitucionales.
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| Foto de Archivo |
Se
aprobaron 107 decretos, cinco nuevas leyes y ocho reformas constitucionales en
el Segundo Periodo
Se
efectuaron 28 sesiones ordinarias y tres solemnes
En
el documento “Balance de los trabajos de la Cámara de Diputados durante el
Segundo Periodo de Sesiones del Primer Año de Ejercicio de la LXII
Legislatura”, la Mesa Directiva turnó a comisiones 286 iniciativas de
diputados, senadores, Ejecutivo federal y de congresos locales; 293 puntos de
acuerdo, así como 55 minutas de la Cámara de Senadores.
Además,
se conocieron 74 dictámenes con puntos de acuerdo y 43 proposiciones de acuerdo
de la Junta de Coordinación Política, vinculadas con diversas materias, fueron
aprobadas, así como el acuerdo de la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos, relativo al calendario de sesiones,
y el acuerdo de la Jucopo sobre la integración de la Permanente del Segundo
Receso del Primer Año.
Se
efectuaron 28 sesiones ordinarias, una de Congreso General y tres solemnes, una
de ellas, con motivo del centenario de la muerte del Presidente Francisco I
Madero y del Vicepresidente José María Pino Suárez, y de los asesinatos de
Serapio Rendón, Gustavo A. Madero, Adolfo C. Gurrión y Belisario Domínguez.
Otra,
para hacer entrega de la Medalla al Mérito Cooperativista y la Economía Social
“Guillermo Álvarez Macías”, y una más para imponer la Medalla al Mérito Cívico
“Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, correspondiente al primer año, a Jacobo
Zabludovsky Kraveski.
Durante
este periodo que inició el primero de febrero pasado, la Cámara de Diputados
aprobó, entre otros dictámenes, reformas constitucionales en materia de
telecomunicaciones, cuyo propósito es sentar las bases para ubicar al país a la
vanguardia en este campo dentro de un mundo globalizado.
Otra
reforma fue para expedir la Ley de Amparo, que moderniza y adecua el juicio a
los tiempos actuales para que la tramitación sea ágil, oportuna y fortalezca el
interés público y la transparencia, y además garantice los derechos humanos.
Con
reformas al artículo 27 de la Constitución Política, se acordó que los
extranjeros puedan adquirir tierras cuando éstas sean exclusivamente para uso
de vivienda sin fines comerciales, en la llamada área restringida, es decir,
una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras, y de cincuenta en las
playas.
Igualmente,
se acordaron reformas a los artículos 61, 111, 112 y 114 de la Constitución
Política, en materia de inmunidad de servidores públicos. Se establece que los
diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten durante
el tiempo en el que desempeñen sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos,
procesados ni juzgados por ellas.
Además,
permite que los servidores públicos puedan ser sujetos de proceso penal, sin
ser privados de su libertad durante el tiempo en que ejerzan su cargo.
La
Cámara de Diputados avaló reformas al artículo 16 de la Constitución Política
en materia de arraigo, que reduce el tiempo para la aplicación de esta figura y
se imponen requisitos para su petición y otorgamiento.
Se
avalaron cambios a la Constitución Política, para garantizar el derecho de los
ciudadanos de poder ser votados en forma independiente en todos los cargos de
elección popular, por lo que se deberán fijar las bases y requisitos para su
registro.
También
se facultó al Congreso de la Unión a expedir leyes en materia de atención y
protección de los derechos de las víctimas, siempre que establezca la
concurrencia de la Federación, los estados, el Distrito Federal y los
municipios.
El
Pleno ratificó la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, cuyo propósito es
atender la demanda de forma eficiente, segura y sustentable, así como proveer
energía a precios accesibles que coincidan con el crecimiento económico y la
sostenibilidad.
Se
expidió la nueva Ley General de Cultura Física y Deporte, cuyo propósito es
asegurar la práctica de la actividad física, la recreación y el deporte entre
la sociedad.
De
igual forma, se facultó al Ministerio Público Federal para que pueda atraer
delitos del fuero común cometidos contra periodistas, personas o instalaciones,
que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o las libertades
de expresión o imprenta.
El
Pleno reformó el artículo 27 de la Ley del Seguro Social, para homologar la
integración del salario base de cotización con la base gravable del Impuesto
sobre la Renta para personas físicas que presten servicios personales
supervisados.
El
dictamen que reforma la Ley General de Educación busca prevenir, detectar y
atender el acoso escolar, maltrato físico o psicológico, conocido como
bullying.
Se
acordaron modificaciones a Ley para la Protección de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes, para proteger a los menores de las diversas modalidades
de violencia física, psicológica o emocional, incluyendo las que se difunden en
los medios electrónicos conocidas como el ciberbullying y el sexting, surgidas
a raíz del uso de la telefonía celular y el Internet.
La
Cámara de Diputados aprobó sancionar con multa de uno a 300 días de salario
mínimo vigente en el Distrito Federal, a quien en el ejercicio de funciones de
autoridad escolar impida el ingreso, retenga documentación o condicione la
permanencia de cualquier alumno en los centros de educación en los niveles
básico o medio superior, a cambio de la entrega de contraprestaciones
económicas en dinero o en especie.
También
se aprobaron reformas en materia de aprovechamiento sustentable de energía, desarrollo
social, energías renovables, equilibrio ecológico y medio ambiente, salud,
ciencia y tecnología, perspectiva de género, acceso de las mujeres al
financiamiento, bancos de sangre, sustancias psicotrópicas, promoción
turística.
De
igual modo, en lo relativo a la juventud, profesionalización de parteras,
infracciones en materia de comercio, concepto de salud, medicamentos caducos,
etiquetado de productos, prevención de la transmisión perinatal del VIH-Sida,
cuota energética, proyectos de generación de electricidad, apoyos a la
investigación, mitigación del cambio climático.
En
este periodo, se acordaron reformas en el tema de cultivo de especies nativas,
del Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la
Violencia contra las Mujeres, traductores en lenguas indígenas, territorio
insular, esponsales, información clara y adecuada en la publicidad de
prestadores de servicios.
También,
se aprobaron modificaciones en las facultades del Consejo Consultivo de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos, características en la prestación de
las quejas ante la CNDH, diagnóstico anual de reclusorios, inclusión en
programas de cultura física y deporte, término preferencias sexuales, médico
homeópatas y sobre suicidio.
En
materia de seguridad vial y cuidado al medio ambiente, fortalecer proveeduría
con el Gobierno Federal, asegurados y pensionados, información a víctimas,
patrimonio cultural subacuático, aviación civil, zonas arqueologías y
monumentos, migración y tala clandestina, entre otros.
Los diputados recibimos del Senado minuta para expedir legislación única de procedimientos penales y la turnamos a comisiones unidas
Amigos:
Les
informo que el pasado 30 de abril, los diputados recibimos y turnamos a
comisiones la minuta del Senado por la que se faculta al Congreso de la Unión
para expedir una legislación única de procedimientos penales que regirá en todo
el país, en fueros federal y común.
La
minuta, que fue aprobada el pasado 29 de abril por el Senado y que reforma el
artículo 73 constitucional, fue turnada a la Comisión de Puntos
Constitucionales para dictamen.
La
modificación establece que el Poder Legislativo federal tendrá facultad para
expedir las leyes generales en materias de secuestro y trata de personas, que
establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones.
Las
leyes generales contemplarán también la distribución de competencias y las
formas de coordinación entre la federación, las entidades federativas, el
Distrito Federal y los municipios.
Podrá
también establecer los delitos y las faltas contra la Federación y las penas y
sanciones que por ellos deban imponerse; así como legislar en materia de
delincuencia organizada.
Las
autoridades federales podrán conocer de los delitos del fuero común, cuando
éstos tengan conexidad con delitos federales o delitos contra periodistas,
personas o instalaciones que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la
información o las libertades de expresión o imprenta.
Nota: En el 1er periodo extraordinario de sesiones, los diputados aprobamos el dictamen.
Pueden consultar lo referente a dicha aprobación en la siguiente "entrada" de mi Blog.
Avalamos que se reproduzcan obras literarias y artísticas, sin autorización del autor, para hacerlas accesibles a personas con discapacidad auditiva, visual o ambas
Amigos:
Les
quiero informar que en la sesión ordinaria del 30 de abril, los diputados aprobamos por unanimidad, con
460 votos a favor, que se puedan reproducir obras literarias y artísticas sin
autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, para
hacerlas accesibles a personas con discapacidad auditiva, visual o ambas.
El
dictamen adiciona la fracción VIII al artículo 148 de la Ley Federal del
Derecho de Autor, lo elaboró la Comisión de Cultura y Cinematografía tras
modificar la minuta que envió el Senado y por lo tanto lo que el documento
regresa a la cámara alta.
En
el documento se manifiesta el beneficio que tendrán las personas con esa
discapacidad debido a que para ellas es difícil tener acceso a material impreso
o auditivo de obras literarias porque existen muy pocas editoras que producen
este tipo de materiales en formatos especiales.
“Al
establecer una excepción para divulgar una obra artística y literaria sin
autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, genera una
disminución al costo de producción de libros en braille y otros formatos,
creando mayor apertura”, indica el texto.
Recuerda
que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reporta que la
segunda discapacidad en el país es la visual, luego de la motriz.
De
los 112.3 millones de habitantes reportados en el 2010, 4.5 millones son
discapacitados (cuatro por ciento) y 1.3 millones son de tipo visual (el 1.16
por ciento), cifra que se incrementó a 4.5 millones en el 2011.
El
artículo 148 de la Ley Federal de Derechos de Autor establece que “las obras
literarias y artísticas ya divulgadas podrán utilizarse, siempre que no se
afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del
derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin
alterar la obra, sólo en los siguientes casos”.
La
adición del inciso VIII que se plantea señala:
La
“reproducción, adaptación, y, en su caso, transformación de obras literarias o
artísticas de manera total o parcial, sin fines de lucro, con el objeto de
hacerlas accesibles en lenguajes, sistemas y otros modos, medios y formatos
especiales a una persona con discapacidad auditiva, visual o ambas, siempre y
cuando se realice a partir de una copia legalmente obtenida”.
Avalamos que la educación pública fomente aplicación responsable de innovaciones científicas y de Tecnologías de la Información y la Comunicación
Amigos
y amigas:
Quiero
informarles que en la última sesión del periodo pasado, los diputados aprobamos
un dictamen por unanimidad, con 435 votos a favor, para que entre los objetivos
de la educación impartida por el Estado se contemple el fomento a la aplicación
responsable de las innovaciones científicas y tecnológicas.
Asimismo,
para que la autoridad educativa federal tenga la responsabilidad de fijar
lineamientos generales para el uso de las tecnologías aplicables al sistema
educativo.
El
dictamen reforma y adiciona los artículos 7, 12 y 14 de la Ley General de
Educación, en materia de uso y regulación de tecnología en el sistema educativo
nacional, deriva de una minuta enviada por el Senado en octubre de 2011 y tras
su aprobación en San Lázaro se regresa a la cámara alta por los cambios que
sufrió.
En
el documento se establece que las autoridades educativas federales y locales
deberán fomentar el uso responsable y seguro de las Tecnologías de la
Información y la Comunicación (TIC) en el sistema educativo.
Con
esta medida se busca “apoyar el aprendizaje de los estudiantes, ampliar sus
competencias para la vida y favorecer su inserción en la sociedad del
conocimiento”, indica el texto.
“En
el ámbito educativo, el uso adecuado de las Tecnologías de la Información y la
Comunicación (TIC) puede contribuir al acceso universal a la educación, a la
equidad, a la labor y el desarrollo profesional de los educadores y a una
dirección y administración eficiente del sistema educativo”, asevera.
Agrega
que, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la
Ciencia y la Cultura (Unesco), las TIC pueden contribuir al fortalecimiento y
la gestión de la planificación educativa, ampliando el acceso al aprendizaje,
mejorando la calidad y garantizando la integración.
No
obstante, reconoce que el acceso a los distintos sistemas de comunicación puede
acercar a los niñas, niños y jóvenes a diversos riesgos de los que pueden ser
víctimas, como la discriminación, violencia, explotación sexual y pornografía.
Por
ello, concluye, “es prioritario el establecimiento de dispositivos legales
-desde los enfoques normativo y de políticas públicas- para enfrentar los
aspectos relacionados con la Sociedad de la Información y Conocimiento, en
especial del Internet y las redes sociales digitales”.
miércoles, 7 de agosto de 2013
Avalamos dictamen que impulsa educación inclusiva y establece en la Ley General de Educación el derecho a recibir enseñanza en condiciones de equidad
Amigos:
En
la sesión del pasado 30 de abril, los diputados aprobamos por unanimidad, por
382 votos a favor, un dictamen para impulsar la educación inclusiva en el
sistema nacional y establecer en la Ley General de Educación que todo individuo
tiene derecho a recibir enseñanza en condiciones de equidad.
El
proyecto de decreto, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley
General de Educación en materia de educación inclusiva, deviene de una minuta
del Senado, modificada por la Comisión de Educación Pública y Servicios
Educativos de San Lázaro, por lo que se regresará a la cámara alta.
El
dictamen establece en la legislación que todos los habitantes del país tienen
las mismas oportunidades de acceso y permanencia en el sistema educativo.
Con
este objeto, señala que las autoridades educativas deberán desarrollar programas
de capacitación, asesoría y apoyo a los maestros que atiendan alumnos con
discapacidad y aptitudes sobresalientes.
Dicha
capacitación “promoverá el trato digno hacia estas personas por parte de los
educadores; asimismo, desarrollará las habilidades necesarias para sensibilizar
a la comunidad educativa sobre esta condición”, indica.
Agrega
que la autoridad educativa federal también deberá editar los materiales
educativos y libros de texto gratuitos en formatos accesibles.
Además,
deberá garantizar que los planteles de educación básica regular cuenten con
edificios e instalaciones accesibles, para favorecer la atención de personas
con discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de comportamiento o
de comunicación, así como de aquellas con aptitudes sobresalientes.
Sin
embargo, esto no cancelará su posibilidad de acceder a escuelas de educación
especial.
El
dictamen plantea, asimismo, que entre los fines de la educación que imparta el
Estado se incluya fomentar la valoración de la diversidad y la cultura de
inclusión como condiciones para el enriquecimiento social y cultural.
También
proyecta que las instituciones del sistema educativo nacional impartan
enseñanza de manera que permita al estudiante su plena inclusión y
participación en la sociedad.
Propone
también que las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, que
tengan como objeto la promoción y el fomento educativo, puedan impartir
educación y obtengan apoyo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para
capacitar a su personal.
Presentamos, diputados de los siete grupos parlamentarios iniciativa de reforma constitucional para regular la deuda de estados y municipios
Amigos:
Les
quiero informar que en la sesión del 30 de abril, diputados de los siete grupos
parlamentarios presentamos una iniciativa de reforma constitucional para
regular la deuda de estados y municipios, que recoge en buena parte el
contenido de la minuta que aprobó el Senado de la República el pasado el pasado
16 de abril.
La
iniciativa figuró en el orden del día y poco antes de concluir la sesión se
turnó a comisiones para su dictaminación.
Con
ello, se busca cumplir con la Carta Magna en su artículo 72 inciso H, que
faculta sólo a la Cámara de Diputados para iniciar leyes en materia de
empréstitos, tras el diferendo que surgió luego que la cámara alta procesó el
documento que envió a San Lázaro.
Este
apartado señala que “la formación de las leyes o decretos puede comenzar
indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, con excepción de los
proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre
el reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la
Cámara de Diputados”.
En
la sesión se destacó que esta iniciativa seguirá el proceso legislativo
correspondiente y se consideró un signo y mensaje positivo que se esté
corrigiendo el procedimiento y al mismo tiempo se construya un entendimiento
respetuoso con los senadores.
El
presidente de la Cámara de Diputados, Francisco Arroyo Vieyra, explicó que la
iniciativa se dio gracias a un esfuerzo de conciliación entre todos los grupos
parlamentarios.
La
iniciativa que reforma los artículos 74, 79,108, 116, y 117 constitucionales y
está signada por los diputados del PRI Marco Antonio Bernal Gutiérrez, José
Manzur Quiroga, Manuel Añorve Baños, por Jorge Iván Villalobos Seáñez del PAN y
Miguel Alonso Raya (PRD).
También
por Arturo Escobar y Vega y Tomás Torres Mercado (PVEM), Ricardo Mejía Berdeja
(MC) Lilia Aguilar Gil (PT) y María Sanjuana Cerda Franco (NA).
En
la exposición de motivos se señala que en los últimos años los recursos que
distribuye el gobierno federal y los que generan los estados y municipios no
son suficientes para atender las necesidades de la población.
Por
esa razón, agrega, las entidades y municipios han tenido que hacer uso del
endeudamiento cada vez más para realizar inversiones en infraestructura.
“El
endeudamiento de los estados y municipios de México, que ha crecido en los
últimos años, lleva a un urgente replanteamiento sobre el manejo responsable de
las finanzas públicas”, precisa.
De
acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entre 2000 y junio de
2012, la deuda de estados y municipios aumentó el doble que sus ingresos.
Esta
situación puso a muchos de ellos en riesgo de insolvencia financiera, limitó
sus posibilidades de endeudarse para proyectos realmente necesarios y paralizó
a algunos por la falta de liquidez ante sus proveedores.
En
los últimos 12 años la deuda de estados y municipios aumentó en más de 130 por
ciento.
Más
del 50 por ciento de esos recursos fueron erogados en los últimos cuatro años,
sin que se conozca con el suficiente detalle el destino de los mismos, las
tasas a las que fueron contraídos cada uno de esos créditos y las razones que
justificaron su contratación.
Se
subraya que la iniciativa en comento busca garantizar el uso responsable de la
contratación de financiamiento dentro o fuera del país; créditos, empréstitos o
préstamos para los gobiernos estatales y municipales, así como de su administración
transparente.
“Tenemos
la oportunidad de fortalecer el marco normativo dentro del respeto del
federalismo de nuestro país, por ello esta iniciativa se orienta a fijar
límites muy claros y precisos al endeudamiento de estados y municipios, que contribuirá
a disminuir el costo de la deuda al que cada vez acceden más”, dice el
documento.
martes, 6 de agosto de 2013
Aprobamos dictamen para adecuar la Ley General de Educación a reforma constitucional que en 2012 estableció carácter obligatorio de educación media superior
Amigas
y amigos:
Por
este medio quiero informarles que en la última sesión del periodo ordinario
pasado aprobamos el dictamen de una minuta del Senado para adecuar la Ley
General de Educación a la reforma del artículo 30 constitucional, que establece
el carácter obligatorio de la educación media superior, y la envía al Ejecutivo
federal para su promulgación.
El
dictamen fue avalado por 430 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones.
Esa
reforma al artículo 30 constitucional se publicó el 9 de febrero de 2012 y
especifica la obligación del Congreso de la Unión y las legislaturas estatales
de realizar las adecuaciones correspondientes y demás disposiciones legales
aplicables en la materia, dentro de los 180 días siguientes a la publicación
del decreto.
El
documento establece que en la última década la matrícula en educación media
superior creció a una tasa media anual de 3.3 por ciento y en el ciclo
2011-2012 alcanzó los 4.3 millones de alumnos, pero en el 2007 sólo el 47 por
ciento de los inscritos concluyó esos estudios.
También
señala la falta de compatibilidad entre opciones y la ausencia de coordinación
entre instancias que las ofrecen.
“Aunque
existen similitudes entre las categorías y opciones administradas por el
gobierno federal y las que ofrecen las entidades federativas, lo cierto es que
cada institución tiene disposiciones normativas propias y opera, al menos, un
plan de estudios distinto, además, “no hay vínculo y comunicación entre
instituciones”, afirma.
Por
esa razón, la reforma presentada no pretende crear una plataforma curricular
única aplicable a todas las instituciones de educación media superior.
Se
plantea un mecanismo que posibilite un marco curricular común que defina un
perfil de quien concluye este nivel educativo y que, de manera transversal,
permee los sistemas de bachillerato tecnológico, bachillerato general y
bachillerato profesional técnico, con respeto a características, modalidades y
localidad.
El
dictamen reforma los artículos 3o.; 4o., segundo párrafo; 9o.; 37, segundo
párrafo; 65, primer párrafo de la fracción I; y 66, fracción I; y se adicionan
la fracción IX Bis al artículo 12; y la fracción VI Bis al artículo 13, todos
de la Ley General de Educación.
En
los artículos tercer, cuarto, noveno, 65 y 66, se incluye el término de la educación
media superior, respecto a la obligación que tiene el Estado de impartir este
nivel de estudios y la obligación de los mexicanos para hacer que los menores
lo cursen.
Se
adiciona el inciso IX Bis al artículo 12, respecto a las atribuciones de la
autoridad educativa federal, para incluir que le corresponde “coordinar un
sistema de educación media superior a nivel nacional que establezca un marco
curricular común para este tipo educativo, con respeto al federalismo, la
autonomía universitaria y la diversidad educativa”.
También
adiciona el inciso VI Bis al artículo 13, sobre las competencias de las
autoridades educativas locales, para señalar las atribuciones de “participar en
la integración y operación de un sistema nacional de educación media superior
que establezca un marco curricular común para este tipo educativo, con respeto
a la autonomía universitaria y la diversidad educativa”.
En
el artículo 37, respecto a la educación media superior y sus equivalentes, se
agrega que “se organizará, bajo el principio de respeto a la diversidad, a
través de un sistema que establezca un marco curricular común a nivel nacional
y la revalidación y reconocimiento de estudios entre las opciones que ofrece
este tipo educativo”.
Les
comparto el dictamen completo para su consulta.
En el segundo periodo ordinario de sesiones los diputados aprobamos 107 decretos, cinco nuevas leyes y ocho reformas constitucionales
Amigos:
Quiero
informarles que en la Cámara de Diputados aprobamos 107 decretos, cinco nuevas
leyes y ocho reformas constitucionales, durante el segundo periodo de sesiones
ordinarias, del primer año de ejercicio de la LXII Legislatura, del 1 de
febrero al 30 de abril.
Entre
estas reformas figuran la nueva Ley de
Amparo, el acotamiento del fuero constitucional para servidores públicos,
la reforma a la Ley General de Víctimas,
la ratificación de la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027 y las reformas
constitucionales en materia de telecomunicaciones y arraigo.
En
un total de 32 sesiones (28 ordinarias, tres solemnes y una de Congreso General
para la apertura del periodo), la Mesa Directiva de la Cámara Baja dio trámite
a 286 iniciativas, una del Ejecutivo federal, siete de senadores, 10 de
congresos locales y 268 de diputados, así como 55 minutas del Senado.
En
un balance de trabajo legislativo del periodo, les informó que el tiempo
acumulado en que estuvo activo el Pleno llegó a las 158 horas con 42 minutos.
También
se presentaron ante el Pleno 293 puntos de acuerdo, 272 se turnaron a
comisiones, 20 a órganos de gobierno, uno a la Cámara de Senadores y 23 se
aprobaron luego de ser considerados como de urgente resolución, agregó el
reporte.
Las
tres sesiones solemnes que se efectuaron tuvieron por motivo el Centenario de
la muerte del presidente Francisco I. Madero y del vicepresidente José María
Pino Suárez, y de los asesinatos de Serapio Rendón, Gustavo A. Madero, Adolfo
C. Gurrión y Belisario Domínguez.
Asimismo,
la entrega de la Medalla al Mérito Cooperativista y la Economía Social
“Guillermo Álvarez Macías”; y la de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri.
Legisladores de 1913”, al periodista Jacobo Zabludovsky Kraveski.
En
este periodo de receso les estaré informando de toda mi actividad en Sán Lázaro
del primer año legislativo de la LXII Legislatura.
Aprobamos, en lo general y lo particular, la reforma constitucional para disminuir el arraigo de 80 a 35 días y pasa al Senado de la República
Amigos:
Les
quiero comentar que en la última sesión del periodo, los diputados aprobamos,
en lo general y en lo particular, un dictamen que reforma el artículo 16 de la
Constitución para reforzar los requisitos de la figura cautelar del arraigo y
reducir su tiempo máximo de aplicación de 80 a 35 días.
El
documento fue avalado en lo general por 389 votos a favor, 32 en contra y 14
abstenciones y posteriormente se fueron desechando las reservas que se
presentaron en lo particular. Se turna al Senado para su eventual ratificación.
El
dictamen toma como eje rector la iniciativa presentada por los diputados
Humberto Gutiérrez de la Garza (PRI), Manlio Fabio Beltrones Rivera (PRI), nuestro
coordinador, Luis Alberto Villarreal García y mi compañera de AN, Consuelo
Argüelles Loya y suscrita por otros legisladores el pasado 9 de abril.
El
documento señala que la autoridad judicial, a petición del Ministerio Público,
podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo
que la ley señale, hasta por un plazo de 20 días, que podrá prorrogarse sin que
la duración total de la medida exceda 35 días, en lugar de los 40 y 40 días de
ahora.
También
estipula que sólo procederá el arraigo cuando se acredite la existencia de
indicios suficientes que vinculen a la persona con delitos de delincuencia
organizada, esto es, cuando sea parte de un conjunto de tres o más personas que
cometa delitos en forma permanente o reiterada.
“Esta
medida será procedente siempre que durante su subsistencia puedan allegarse
mayores elementos probatorios en la investigación y se proteja la vida, la
integridad de las personas, bienes jurídicos o se evite que el indiciado se
sustraiga a la acción de la justicia cuando exista riesgo fundado de ello”,
agrega el texto.
También
establece que los organismos de protección de los derechos humanos deberán
revisar en todo momento la aplicación de esta medida a solicitud de la persona
sujeta a ella o su representante y visitar los lugares de arraigo.
Asimismo,
en los casos donde el imputado esté siendo procesado, o haya sido sentenciado
previamente por la comisión de un delito doloso, el plazo de 48 horas que tiene
el Ministerio Público para ordenar su libertad o ponerlo a disposición de la
autoridad judicial se ampliará 72 horas adicionales, en prisión preventiva.
Sin
embargo, “la autorización de esta medida hará improcedente la solicitud
posterior del arraigo”, especifica.
En
las consideraciones del dictamen se expone que este aumento de 72 horas de
retención “ayudará a que paulatinamente se derogue la medida cautelar del
arraigo, permitiendo un adecuado equilibrio procesal entre el respeto a los
derechos humanos de los justiciables y la debida investigación ministerial”.
Se
recuerda que la figura del arraigo, que originalmente pretendía que la persona
imputada no se alejara del lugar donde se estuviera ventilando el juicio, ha
sido seriamente cuestionada, pues de ser una medida excepcional se convirtió en
una medida común, con una duración de hasta 80 días.
Aprobamos implementar programas y acciones para prevenir y atender el acoso escolar o maltrato físico o psicológico entre los estudiantes
Amigos:
Los
diputados federales aprobamos en la Cámara de Diputados el 29 de abril, por
unanimidad, con 438 votos a favor, reformar la Ley General de Educación a fin
de implementar programas y acciones para prevenir, detectar y atender el acoso
escolar o maltrato físico o psicológico entre y hacia los estudiantes.
Dichos
programas deberán incluir a todas las personas involucradas en el entorno
escolar y se establecerán en los reglamentos escolares las medidas necesarias
para su atención y solución.
Se
establece que en la Ley General de Educación se apruebe una sección denominada:
De la seguridad escolar, en la cual se contempla la regulación de la protección
de los alumnos contra cualquier tipo de violencia.
El
dictamen surge de tres iniciativas presentadas entre septiembre y diciembre de
2012 por los diputados María del Rocío Corona Nakamura (PRI), María Isabel
Ortiz Mantilla (PAN) y Marina Garay Cabada (PRI).
En
las consideraciones se expone que el acoso, la violencia y la discriminación
escolar son conductas que laceran la dignidad humana e inhiben los fines de la
educación.
Se
subraya que este tipo de violencia, más conocido por la expresión inglesa
“bullying”, constituye un grave problema educativo sobre el que poco se ha
regulado en nuestro ordenamiento jurídico nacional.
El
acoso escolar se manifiesta a través de comportamientos como los insultos,
apodos, sobrenombres, golpes, agresiones directas, robos, amenazas, rumores, la
exclusión o el aislamiento social.
Se
señala que los daños que dichas conductas pueden ocasionar son muy variados, ya
que muchas veces motivan el abandono de los estudios, causan apatía, baja
autoestima, estrés social, ansiedad, depresión, trastornos psicológicos o,
incluso, como se ha comentado, conductas que llevan al suicidio.
El
dictamen fue turnado al Senado de la República para sus efectos
constitucionales
Los diputados aprobamos reforma para proteger derechos de menores y promover convivencia libre de violencia, incluso a través de medios electrónicos
Amigos:
Les
quiero informar que en la penúltima sesión ordinaria del periodo, los diputados
aprobamos por unanimidad un dictamen que reforma la Ley para la Protección de
los Derechos de Niñas, Niños y adolescentes y promueve la convivencia libre de
violencia, incluyendo la que se manifiesta a través de medios electrónicos.
El
documento, avalado con 440 votos a favor, establece que con el avance
tecnológico, los fenómenos conocidos como cyberbullying y sexting (formas de
acoso que se presentan a través de Internet, telefonía móvil, mensajería
instantánea, entre otros medios), aumentan en frecuencia e intensidad.
El
documento propuesto por las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios
Educativos, y de Derechos de la Niñez, reforma el artículo 32, inciso d), de la
Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; es
turnado al Senado de la República para su ratificación.
Señala
que el objetivo es garantizar el bienestar y un desarrollo pleno e integral de
ese sector de la población, además de impulsar la oportunidad de formarse
física, mental y emocionalmente.
También
indica que se debe promover la enseñanza y respeto de los derechos humanos, en
especial la no discriminación y la convivencia sin violencia, incluyendo
aquélla que se manifiesta y promueve a través de los medios como Internet,
teléfonos celulares, tabletas, etcétera.
Advierte
que primero fue el ciberbullying, luego la transmisión de peleas por Internet y
actualmente uno de los mayores riesgos para un adolescente es ser víctima del
sexting.
Explica
que esta conducta ha proliferado entre los adolescentes y jóvenes, quienes han
encontrado en el intercambio de mensajes de texto, una manera más fácil de
comunicación o de establecer relaciones sociales.
El
dictamen indica que los efectos negativos no son exclusivos del individuo y de
su familia, sino que suelen extenderse hasta otros ambientes y contextos aun
sin ser parte del fenómeno.
Estas
consecuencias en el ámbito escolar, suelen producir mayores índices de
trastornos afectivos y de conducta en los estudiantes y en su entorno,
advierte.
Aprobamos incrementar sanciones para quienes atenten contra obras consideradas monumentos artísticos, actualizamos multas por estos delitos
El
29 de abril aprobamos incrementar las sanciones para quienes atenten contra
obras consideradas monumentos artísticos y actualizar las multas económicas
para estos delitos, estableciéndolas en salarios mínimos vigentes.
El
dictamen, aprobado por unanimidad, con 439 votos a favor, reforma diversos
artículos de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, busca modificar el marco jurídico para salvaguardar el patrimonio
cultural de México.
El
documento deriva de una iniciativa presentada en 2011 por la entonces diputada
Kenia López Rabadán (PAN).
“El
marco jurídico debe sujetarse a actualización, y ser de carácter abarcador y
comprensivo, incluyente de las obras y testimonios de todas las épocas de
nuestra historia, además de las creaciones y los vestigios humanos que revisten
un interés científico y contribuyen al conocimiento de la historia de México”,
señala.
Indica
que los peligros que corren los bienes patrimonio cultural de México son muy
diversos, “como el robo, el saqueo, el vandalismo y la exportación no
autorizada de bienes muebles, ya sea para efectos de tráfico ilícito o bien
para colecciones personales”.
Entre
otras disposiciones, el dictamen instaura prisión de tres a 10 años y multa de
100 a tres mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal
(de seis mil 476 a 194 mil 280 pesos) a quien realice trabajos de exploración
arqueológica sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e
Historia (INAH).
Este
delito, actualmente, está sancionado con prisión de uno a 10 años y multa de
100 a 10 mil pesos.
Asimismo,
establece que quien ilegalmente tenga en su poder un monumento arqueológico
histórico o artístico, se le impondrá prisión de tres a 12 años y multa de mil
a tres mil días de salario mínimo general.
Además,
quien dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico,
se le impondrá prisión de cinco a 12 años, multa de mil a tres mil días de
salario mínimo general vigente para el Distrito Federal y el cargo del costo de
la reparación del daño causado.
También
señala que a quien pretenda sacar o saque del país un monumento arqueológico,
artístico o histórico, sin permiso del INAH, se le impondrá prisión de cinco a
12 años y multa de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.
Finalmente,
cualquier persona que introduzca al territorio nacional bienes culturales
considerados como patrimonio cultural por el país de origen, sin permiso de las
autoridades competentes, se hará acreedor a prisión de tres a 12 años y multa
de dos mil a cuatro mil días de salario mínimo.
El
dictamen aprobado fue enviado al Senado de la República para su discusión y
eventual ratificación.
Avalamos dictamen que promueve transición energética y uso de energías renovables en inmuebles de la administración pública federal
Amigos:
En
la sesión del 29 de abril, aprobamos por unanimidad, con 440 votos a favor, un
dictamen para promover la transición energética y el uso de energías renovables
en inmuebles de la administración pública federal, de acuerdo con sus
características geográficas, técnicas y económicas.
El
dictamen de la minuta que envió el Senado lo presentó al Pleno la Comisión de
Energía, adiciona la fracción VIII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento
de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, y se
turna al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.
Señala
que es indispensable la existencia de un instrumento jurídico adecuado para
impulsar en México el uso de energías alternativas a los hidrocarburos y otros
energéticos que, además de escasos y costosos, resultan altamente dañinos al
medio ambiente.
En
el documento se reconoce que el país cuenta con un potencial importante en
materia de energías renovables, como son la eólica, solar, maremotriz y otras,
y que éstas no han sido desarrolladas ni aprovechadas de manera suficiente.
En
este sentido, agrega, resulta pertinente que las dependencias de la
administración pública federal utilicen en sus inmuebles dichas energías, en la
medida de las características de cada uno de ellos, de su ubicación y de las
posibilidades técnicas y financieras.
Resaltarse
que dichos aspectos constituyeron algunas de las razones por las que se
realizaron diversas modificaciones al marco regulatorio en materia de energía
que se llevó a cabo en 2008.
Impulsamos la creación del Servicio Profesional de Carrera Migratoria en el Instituto Nacional de Migración
Amigos:
El Senado envió a la Cámara de Diputados la minuta y tras la aprobación del dictamen en San Lázaro se turnó al Ejecutivo federal para su promulgación.
Les
informo que el pasado 29 de abril, los diputados aprobamos por unanimidad, por
432 votos a favor, un dictamen que crea el Servicio Profesional de Carrera
Migratoria en el Instituto Nacional de Migración (INM) para mejorar la
preparación de los servidores que vigilan el tránsito de los migrantes que
pasan por el país.
El
dictamen, que reforma los artículos 3 y 25 de la Ley de Migración, define el
Servicio Profesional de Carrera Migratoria como un mecanismo que garantiza la
igualdad de oportunidades para el ingreso, permanencia y desarrollo de los
servidores públicos con cargos de confianza del INM.
El
documento establece que la falta de perfiles adecuados entre el personal
encargado del tema migratorio “ha generado no solamente corrupción, sino
también el maltrato a los derechos humanos de los migrantes, que por miles
pasan por nuestro país”.
Se
afirma que por esa razón se requiere de la profesionalización y certificación
del personal involucrado, con las adecuaciones que se integran a la Ley de
Migración.
Establece
que el personal del servicio profesional deberá cursar y aprobar los programas
de formación, capacitación y profesionalización, incluyendo normatividad en
materia migratoria y derechos humanos, y contar con la certificación
respectiva.
El Senado envió a la Cámara de Diputados la minuta y tras la aprobación del dictamen en San Lázaro se turnó al Ejecutivo federal para su promulgación.
Sancionaremos con multas a quien condicione la educación pública gratuita y pida contraprestaciones económicas en dinero o en especie
Amigos:
Los
diputados federales aprobamos reformar el Código Penal Federal para establecer
como delito y sancionar con multa el impedir el ingreso o condicionar la
permanencia de un estudiante a cambio de contraprestaciones económicas en
dinero o en especie.
El
dictamen, aprobado por 380 votos a favor, 50 en contra y 12 abstenciones, surge
de una iniciativa presentada el 6 de febrero de 2013 por el diputado Tomás
Torres Mercado (PVEM), adiciona un artículo 215 Bis al Código Penal Federal y
establece multas de uno a 300 días de salario mínimo vigente en el Distrito
Federal.
Se
expone que la reforma permitirá el ejercicio pleno del derecho a la educación,
mayor equidad educativa e igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en
los servicios educativos, sancionando a quienes soliciten contraprestaciones
económicas en dinero o en especie por ese servicio (cuotas).
“Elevar
la conducta que motiva esta iniciativa a tipo penal, traerá como consecuencia
la reflexión de los posibles sujetos activos, al existir una medida coercitiva
para quien cometa este delito y se abstengan de llevarlo a cabo”, señala.
Se
expone que la gratuidad de la educación se establece en la fracción IV del
artículo tercero que a la letra dice:
“Todo
individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, estados,
Distrito Federal y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria,
secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria
conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”.
En
ese sentido, la Ley General de Educación señala en la fracción IV del artículo
65 que las asociaciones de padres de familia tienen la atribución de reunir
fondos con aportaciones “voluntarias” de sus miembros.
El
dictamen fue turnado al Senado para sus efectos constitucionales.
lunes, 5 de agosto de 2013
Avalamos efectuar plan para el manejo de baterías que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo o zinc
Amigos:
Les
quiero informar que el 29 de abril aprobamos un dictamen para efectuar un plan
de manejo para baterías que contengan litio, níquel, mercurio, cadmio,
manganeso, plomo o zinc, cuyo desecho produce efectos perjudiciales en el medio
ambiente y los recursos naturales.
El
documento, aprobado por 400 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones,
reforma y adiciona artículos de la Ley General para la Prevención y Gestión
Integral de los Residuos, deviene de una iniciativa presentada en marzo de
2008, por el entonces senador Silvano Aureoles Conejo (PRD).
El
dictamen aprobado fue devuelto con modificaciones al Senado de la República.
El
documento ubica dentro de los residuos de manejo especial a las pilas que
contengan litio, níquel, mercurio, cadmio, manganeso, plomo, zinc, o cualquier
otro elemento que permita la generación de energía en las mismas, en los
niveles que no sean considerados como residuos peligrosos en la Norma Oficial
Mexicana.
Asimismo,
instaura como facultad de la federación elaborar el Programa Nacional para la
Prevención y Gestión Integral de los Residuos de Manejo Especial, y su
instrumentación, en conjunto con las entidades federativas y municipios.
Instituye
también que los estados y municipios deberán elaborar e instrumentar los
programas locales para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos
urbanos y de manejo especial, de conformidad con la legislación vigente.
Además,
indica que los grandes generadores y los productores, importadores,
exportadores y distribuidores de pilas y baterías eléctricas estarán obligados
a la formulación y ejecución de planes de manejo de estos productos como
residuos especiales.
El
documento explica que en México se comercializan cada año aproximadamente 600
millones de pilas y baterías primarias, lo que representa un consumo anual
promedio de seis pilas por habitante, sin considerar las que vienen incluidas
en los aparatos nuevos.
Expone
que el mercado informal en México, al paso de los años, ha elevado su presencia
para la venta de productos, llegando a representar 50 por ciento del total de
pilas vendidas, lo que conlleva excesiva generación de residuos con vida útil
corta, derivada de su mala calidad.
Por
ello, señala la necesidad de establecer mecanismos y especificaciones para el
adecuado manejo de este tipo de residuos.
Aprobamos reformas a Ley General de Protección Civil para incluir riesgos provocados por meteoritos, asteroides y tormentas solares
Amigos:
Les
quiero informar que en la sesión del 29 de abril, los diputados aprobamos
reformar la Ley General de Protección Civil a fin de actualizar, términos,
normas y sistemas de protección civil que incluyan riesgos provocados por
fenómenos espaciales, como meteoritos, asteroides y tormentas solares.
El
dictamen, que fue aprobado por 402 votos a favor, cero en contra y una a favor,
reforma los artículos 2o. y 82 de esa ley y fue turnado al Senado de la
República para su eventual ratificación.
Señala
que mediante la inclusión de términos relacionados con la perturbación y
posibles desastres causados por fenómenos astronómicos, se generará un marco
jurídico que facilite prever y atender sus efectos nocivos.
La
iniciativa, que presentó el diputado Andrés Eloy Martínez Rojas (PRD) el 27 de
febrero de 2013, señala como necesaria la modernización del Sistema Nacional de
Protección Civil, ante el riesgo latente sobre la población.
El
documento advierte que los fenómenos espaciales son proclives a causar daños
severos a las personas y a los sistemas de comunicación e información, dado que
las sociedades modernas cuentan con tecnologías e infraestructuras
especialmente vulnerables a los fenómenos astronómicos.
Añade
que Estados Unidos, Reino Unido, Rusia y España, ya han llevado a cabo acciones
para adaptar, en distinto grado, sus respectivas normativas y sistemas de
protección civil para incluir los riesgos provocados por los fenómenos
espaciales.
Para
el caso de México, la incorporación de todos estos nuevos elementos en la
normatividad vigente implica necesariamente adecuar las herramientas legales y
estrategias, tanto de la Coordinación General de Protección Civil como del
Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred).
El
texto define como fenómeno astronómico al “agente perturbador que se genera por
la actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasiona
fenómenos destructivos, como pueden ser tormentas magnéticas solares y
meteoritos”.
El dictamen señala
que actualmente la Ley General de Protección Civil no incorpora de manera
explícita los fenómenos espaciales como posibles causantes de lesiones a la
integridad física de las personas.
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