El
documento fue avalado en lo general por 359 votos a favor, 77 en contra y 19
abstenciones y después se aprobó en lo particular tras modificar el artículo
primero transitorio sobre el tiempo para su entrada en vigor. Su servidora se abstuvo de votar. La mayoría de mis compañeros y compañeras del PAN votaron en contra.
El
dictamen, que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Minera y de
la Ley de Coordinación Fiscal, establece el pago de una compensación del cinco
por ciento a las actividades de extracción de sustancias minerales, respecto de
los ingreso acumulables netos de las empresas del rubro.
La
recaudación prevista conformará el Fondo de Aportaciones para el Desarrollo
Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros, de nueva creación.
Dicho
fondo deberá beneficiar esencialmente a las entidades y municipios en donde se
realizan las actividades de extracción, mediante obras de beneficio social a
las regiones y comunidades.
Los
recursos del fondo de aportaciones deberán ser empleados en inversión física
con impacto social, ambiental y de desarrollo urbano positivo, como la
construcción de centros escolares, pavimentación de calles, instalación y
mantenimiento de alumbrado público y obras que preserven áreas naturales.
El
documento proyecta, además, implementar un Comité de Desarrollo Regional para
las Zonas Mineras, que estará encargado de aplicar los recursos del Fondo de
Aportaciones para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios
Mineros y planificar las obras que se realizarán con los recursos de éste.
Ese
comité estará integrado por un representante de la Administración Pública
Federal, uno del gobierno de la entidad federativa o del Distrito Federal, uno
del municipio donde se localicen las actividades mineras y un representante de
las empresas mineras con actividades relevantes en la demarcación.
En
caso de que la extracción de minerales se realice en comunidades indígenas o
agrarias, se incluirá en el comité un representante de dichas comunidades.
Durante
la discusión en lo particular, los legisladores aprobaron una modificación
propuesta por el diputado Tomás Torrés Mercado (PVEM) al artículo primero
transitorio del dictamen, para que el decreto entre en vigor a los 90 días de
su publicación en el Diario Oficial de la Federación, en lugar de al día
siguiente.
El
dictamen pasa al Senado para su discusión y eventual aprobación.

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