México, D.F., 3 de febrero de 2014
Posicionamiento a nombre del Partido Acción Nacional del dictamen de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable de la Ley de Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley General de Asentamientos Humanos y de la Ley General de Salud.
DIPUTADA RAQUEL JIMÉNEZ CERRILLO (RJC): Con su permiso diputado Presidente.
Compañeras y compañeros diputados:
De acuerdo a la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, las personas con discapacidad incluyen aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que al interactuar con diversas barreras puedan impedir su participación óptima, plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás personas.
Asimismo, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, establece que la persona con discapacidad es aquella que por razón congénita o adquirida, presenta una o más deficiencias de carácter físico, mental, intelectual o sensorial de manera permanente o temporal y que al interactuar con las barreras que impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en igualdad de condiciones con los demás.
Según todos estos ordenamientos, el término adecuado para referirse a alguna persona con alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, es el de persona con discapacidad.
Por otra parte, es importante considerar lo previsto en el párrafo V del artículo primero Constitucional en el que se prohíbe la discriminación motivada por las discapacidades.
En este sentido, en Acción Nacional, coincidimos en la necesidad de incorporar o sustituir en la legislación que lo amerita el término personas con discapacidad, toda vez que de acuerdo con los acuerdos internacionales a la Constitución política y a la Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad, el término adecuado para referirse a ellas, tiene que ver con personas con discapacidad.
Repito, en Acción Nacional estamos convencidos que es el término correcto y el más adecuado para promover el respecto a la dignidad de este grupo de personas vulnerables.
Desafortunadamente, aun cuando existe un nuevo paradigma en el tema de la discapacidad, cimentado en los derechos humanos y en la inclusión social, se sigue presentando el empleo de un lenguaje equivocado y peyorativo que a la vez se convierte en discriminatorio.
Hace un momento, la diputada que me antecedió en el uso dela palabra, hacía referencia a que esta iniciativa fue presentada desde el año de 2008, y había estado congelada en el Senado por todo estos año y hasta ahora, al interior de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables hemos atendido esta iniciativa para modificar en todos esta legislación actual, cambiar el término de persona discapacitadas por personas con discapacidad.
Prácticamente todas las legislaciones locales de los estados, estos términos han sido cambiados y se ha adecuado la ley modificando el término, cosa que no habíamos hecho en la legislación federal.
Por ello, compañeras y compañeros legisladores, votaremos a favor del dictamen que hoy discutimos porque coincidimos en homogeneizar el término de personas con discapacidad toda vez que es inconcebible hablar sobre derechos e igualdad de oportunidades sin que se plasme correctamente en la ley el término para referirse a estas personas.
En Acción Nacional los invitamos a contribuir con la cultura del respeto e inclusión hacia las personas con discapacidad.
Es cuanto señor Presidente.
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