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martes, 29 de abril de 2014

Exigimos al Ejecutivo E. Peña Nieto y al Secretario de Hacienda reviertan la Reforma Fiscal y el Régimen de Incorporación y se regrese al Régimen de Pequeños Contribuyentes, muchos están regresando a la informalidad. Queremos sistemas fiscales que sean incluyentes para el cumplimiento de todos los mexicanos.


viernes, 25 de abril de 2014

Infografía sobre la reforma a la Ley General de Salud


Intervención en tribuna para fijar posicionamiento, a nombre de la Comisión de Salud, sobre dictamen de reforma a la Ley General de Salud


Intervención en tribuna para posicionar el proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 36 de la Ley General de Salud


Con su venia Diputado Presidente
Compañeros y Compañeras Legisladores,
 
El Programa Seguro Médico para una Nueva Generación, hoy llamado seguro médico siglo veintiuno, forma parte del Seguro Popular. Su principal objetivo es proteger la salud de los niños y niñas mexicanos nacidos a partir del 1° de diciembre de 2006.
 
Los nacidos después de esa fecha, afiliados al Seguro Popular, tienen derecho a recibir los servicios médicos de 131 intervenciones, a través de medicina preventiva y atención médica de primer, segundo y tercer nivel, a partir del día de su afiliación y hasta el final de la vigencia de sus derechos.
 
En el texto vigente del párrafo quinto del artículo 36 de la Ley General de Salud, se señala que se eximirá del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos, a todo menor a partir de su nacimiento y hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud, siempre y cuando la familia solicitante se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los tres últimos deciles establecidos por la Secretaría de Salud, esto lleva a considerar que se estaría eximiendo del cobro de cuotas de recuperación a la población con mayor nivel de ingreso.

La distribución del ingreso se mide tradicionalmente a través del índice de Gini. En él se establecen niveles de ingreso, tomando como referencia una distribución de la población en segmentos de 10%, que son conocidos como deciles.

 
Al respecto el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), realiza una Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (la ENIGH), que tiene por objeto, entre otros, proporcionar un panorama estadístico del comportamiento de los ingresos y gastos de los hogares en cuanto a su monto, procedencia y distribución. Con los resultados obtenidos en dicha encuesta elabora una tabla trimestral de ingreso corriente total promedio por hogar, agrupados por deciles, donde se puede observar que los deciles de menor ingreso corresponden a los primeros y por lo tanto resulta evidente que en el texto vigente del párrafo quinto, del artículo 36 de la Ley General de Salud lleva a considerar que se estaría eximiendo del cobro de cuotas de recuperación a la población con mayor nivel de ingreso.
 
En base a lo anterior, el dictamen que aprobamos en la Comisión de Salud, tiene como objeto corregir la confusión que pudiera generar la redacción actual, pero además con plena conciencia de qué los beneficiarios de este programa, son en la mayoría de las veces las más vulnerables y no cuentan con ningún tipo de seguridad social, por ello decidimos aprobar que se incremente el rango de población que puede acceder a estos servicios sin desembolso alguno, proponiendo ante esta soberanía que no sean solo los primeros tres deciles de ingreso los que estén exentos del pago, sino los primeros cinco.

 
Con esto se busca que el derecho a la protección de la salud, que es un derecho consagrado en el artículo cuarto de nuestra Constitución, sea para todos y no se excluya a aquellos, que por su precaria situación económica, no cuenten con los recursos para pagar una cuota de recuperación, además de cumplir con nuestra obligación de promoverlo, respetarlo, protegerlo y garantizarlo de acuerdo con los principios de universalidad.
 
Ante estas consideraciones, se vuelve necesario aprobar la reforma propuesta, ya que con esto estamos apoyando a que más familias, de entre los más desprotegidos, puedan acceder a uno de sus derechos más fundamentales y sentidos como lo es la salud sin desembolso alguno.
 
Es cuanto Diputado Presidente.

miércoles, 16 de abril de 2014

Día Mundial contra la Esclavitud Infantil


El 16 de abril es el Día Mundial contra la Esclavitud Infantil. Este día se conmemora el asesinato del niño Iqbal Masih, quien fue vendido a la edad de 4 años por su padre para garantizar una deuda de 600 rupias, deuda que no se pudo pagar por el incremento constante de intereses, lo que supuso que Iqbal pasara su infancia trabajando en régimen de semiesclavitud. Iqbal pudo escapar de la fábrica a los 10 años, y en vida se convirtió, pese a su juventud, en un activista contra la explotación laboral infantil, hasta que el 16 de abril de 1995 fue asesinado, mientras conducía su bicicleta en las calles. En su honor y homenaje, determinadas ONG han establecido este día como el día Mundial contra la Explotación Infantil.

“Se requieren beneficios fiscales para IAP´S”: Raquel Jiménez