Exigimos al Ejecutivo E. Peña Nieto y al Secretario de Hacienda reviertan la Reforma Fiscal y el Régimen de Incorporación y se regrese al Régimen de Pequeños Contribuyentes, muchos están regresando a la informalidad. Queremos sistemas fiscales que sean incluyentes para el cumplimiento de todos los mexicanos.
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martes, 29 de abril de 2014
lunes, 28 de abril de 2014
viernes, 25 de abril de 2014
Intervención en tribuna para posicionar el proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 36 de la Ley General de Salud
Con
su venia Diputado Presidente
Compañeros y Compañeras Legisladores,
El Programa Seguro Médico para una Nueva
Generación, hoy llamado seguro médico siglo veintiuno, forma parte del Seguro
Popular. Su principal objetivo es proteger la salud de los niños y niñas
mexicanos nacidos a partir del 1° de diciembre de 2006.
Los nacidos después de esa fecha,
afiliados al Seguro Popular, tienen derecho a recibir los servicios médicos de
131 intervenciones, a través de medicina preventiva y atención médica de
primer, segundo y tercer nivel, a partir del día de su afiliación y hasta el
final de la vigencia de sus derechos.
En el texto vigente del párrafo quinto del artículo
36 de la Ley General de Salud, se señala que se eximirá del cobro de las cuotas
de recuperación por concepto de atención médica y medicamentos, a todo menor a
partir de su nacimiento y hasta cinco años cumplidos, que no sea beneficiario o
derechohabiente de alguna institución del sector salud, siempre y cuando la
familia solicitante se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los
tres últimos deciles establecidos por la Secretaría de Salud, esto lleva a
considerar que se estaría eximiendo del cobro de cuotas de recuperación a la
población con mayor nivel de ingreso.
La distribución del ingreso se mide tradicionalmente
a través del índice de Gini. En él se establecen niveles de ingreso, tomando
como referencia una distribución de la población en segmentos de 10%, que son
conocidos como deciles.
Al respecto el Instituto Nacional de Estadística y
Geografía (INEGI), realiza una Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los
Hogares (la ENIGH), que tiene por objeto, entre otros, proporcionar un panorama
estadístico del comportamiento de los ingresos y gastos de los hogares en
cuanto a su monto, procedencia y distribución. Con los resultados obtenidos en
dicha encuesta elabora una tabla trimestral de ingreso corriente total promedio
por hogar, agrupados por deciles, donde se puede observar que los deciles de menor ingreso corresponden a
los primeros y por lo tanto resulta evidente que en el texto vigente del
párrafo quinto, del artículo 36 de la Ley General de Salud lleva a considerar
que se estaría eximiendo del cobro de cuotas de recuperación a la población con
mayor nivel de ingreso.
En base a lo anterior, el dictamen que aprobamos en
la Comisión de Salud, tiene como objeto corregir la confusión que pudiera
generar la redacción actual, pero además con plena conciencia de qué los
beneficiarios de este programa, son en la mayoría de las veces las más
vulnerables y no cuentan con ningún tipo de seguridad social, por ello
decidimos aprobar que se incremente el rango de población que puede acceder a
estos servicios sin desembolso alguno, proponiendo ante esta soberanía que no
sean solo los primeros tres deciles de ingreso los que estén exentos del pago,
sino los primeros cinco.
Con esto se busca que el derecho a la protección de
la salud, que es un derecho consagrado en el artículo cuarto de nuestra
Constitución, sea para todos y no se excluya a aquellos, que por su precaria
situación económica, no cuenten con los recursos para pagar una cuota de
recuperación, además de cumplir con nuestra obligación de promoverlo,
respetarlo, protegerlo y garantizarlo de acuerdo con los principios de
universalidad.
Ante estas
consideraciones, se vuelve necesario aprobar la reforma propuesta, ya que con
esto estamos apoyando a que más familias, de entre los más desprotegidos,
puedan acceder a uno de sus derechos más fundamentales y sentidos como lo es la
salud sin desembolso alguno.
Es cuanto Diputado
Presidente.
lunes, 21 de abril de 2014
viernes, 18 de abril de 2014
miércoles, 16 de abril de 2014
Día Mundial contra la Esclavitud Infantil
El 16 de abril es el Día Mundial contra la Esclavitud Infantil. Este
día se conmemora el asesinato del niño Iqbal Masih, quien fue vendido a la edad de 4 años por su padre para
garantizar una deuda de 600 rupias, deuda que no se pudo pagar por el
incremento constante de intereses, lo que supuso que Iqbal pasara su infancia
trabajando en régimen de semiesclavitud. Iqbal pudo escapar de la fábrica a los
10 años, y en vida se convirtió, pese a su juventud, en un activista contra la
explotación laboral infantil, hasta que el 16 de abril de 1995 fue asesinado,
mientras conducía su bicicleta en las calles. En su honor y homenaje,
determinadas ONG han establecido este día como el día Mundial contra la
Explotación Infantil.
lunes, 14 de abril de 2014
Infografía sobre el dictamen referente al artículo 11 y un Capítulo V Bis, denominado “Del derecho a la navegación segura en Internet” de la Ley Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
lunes, 7 de abril de 2014
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